Acordada 21/2009 - CSJN - Modificación del Feriado Judicial estableciendo que la Feria Judicial se llevará a cabo desde el 6 de julio y hasta el 17 de julio
Buenos Aires, 2 de julio de 2009
En Buenos Aires, al primer día del mes de julio del año dos mil nueve, los señores Ministros que suscriben lo siguiente,
CONSIDERARON:
Que mediante acordada Nº/09, del 10 de marzo del corriente año, esta Corte estableció que el feriado judicial para los tribunales nacionales de la Capital Federal, se extendería desde el 20 de julio hasta el 31 de julio, ambas fechas inclusive.
Que el mismo acto también se dispuso hacer saber a las Cámaras Federales de Apelaciones, con arreglo a lo previsto en la Acordad Nº 53/73- respecto de la coincidencia de la feria en ella establecida con las vacaciones escolares-, deberán determinar para sus respectivas jurisdicciones, un feriado judicial de diez (10) días hábiles (acápite 2º de la Acordada nº 30/84).
Que se ha tomado conocimiento de la existencia de una pandemia de gripe H1N1 con efectos en todo el territorio nacional.
Que en vista de tal situación y a fin de preservar la salud del personal del Poder Judicial de la Nación, como así también la de todas aquellas personas que concurren a los tribunales y dependencias que lo integran, se efectuaron consultas al señor Jefe de Gabinete de Ministros del Poder Ejecutivo Nacional; al señor Ministro de Justicia, Seguridad y Derechos Humanos de la Nación, como asimismo a profesionales expertos del Cuerpo Médico Forense de la Justicia Nacional , de la Obra Social del Poder Judicial de la Nación y médicos infectólogos de reconocida trauectoria científica.
Que se ha tomado conocimiento además de numerosas medidas de emergencia sanitaria adoptadas por las autoridades locales de las provincias y del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
Que, en consecuencia, y a efectos de prevenir el riesgo de contagio de la gripe H1N1 y de resguardar, en forma directa, la salud de quienes participan de la actividad forense, es conveniente –entre otras medidas-adelantar el comienzo del período de feria judicial oportunamente establecido.
Por ello,
ACORDARON:
1º.- Rectificar lo dispuesto en el primer párrafo de la acordada nº 8/09 , estableciendo que la feria judicial se extenderá desde el 6 de julio y hasta el 17 de julio, ambos inclusive.-
2º.- Disponer que la modificación del feriado judicial se efectúa sin perjuicio de las facultades privativas de los magistrados judiciales para llevar a cabo los actos procesales que fueron urgentes, y de las atribuciones de de superintendencia delegadas por esta Corte a la Cámara Nacional de Casación Penal y a las cámaras nacionales y federales de apelaciones para implementar las guardias que fueran indispensables de acuerdo con las necesidades de los fueros o jurisdicciones que de ellas dependen.
Todo lo cual dispusieron y mandaron, ordenando que se publicase en el Boletín Oficial, se comunicase en la página web del Tribunal y la página
http://www.cij.csjn.gov.ar, y registrase en el libro correspondiente , por ante mí, que doy fe.
Aclaro que lo posteo aca porq contaba con estos 15 dias para pasar una feria "agradable"... en fin... habra que aguantarse...