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  • Lugar de consulta entre los colegas sobre lo que estipulan las Leyes Arancelarias que rigen nuestra profesión.
Lugar de consulta entre los colegas sobre lo que estipulan las Leyes Arancelarias que rigen nuestra profesión.
 #365649  por chupacabras
 
Estimados colegas: tengo el presente caso que quisiera poner en su conocimiento para escuchar opiniones.
Se trata de una sucesion, en la cual los herederos son cuatro hermanos: a dos los represento yo, los dos restantes tienen sendos letrados.
Tenemos honorarios regulados todos (incluso ya fueron elevados a Camara -se apelaron-).
Mis honorarios regulados son de 12.000, mas tengo con mis dos clientes un convenio de $7000 entre las dos.
1ra. Pregunta: Habiendo sido devueltos los autos de Camara creo que corresponde notificar a los herederos, para luego avanzar con el cobro de estos honorarios. Esto es asi?
2da.Le cobro mi convenio a mis dos clientes y la diferencia a los otros dos herederos?
Espero sus comentarios, saludos y gracias
 #366596  por Maricelf
 
Hola, te comento que una vez firme tus honorarios los podes cobrar, incluso por via de apremio. Ahora con respecto al convenio, no entiendo a que te referís, y que tienen que ver los otros 2 herederos con el pacto que vos firmaste con tus clientes.
 #378026  por chupacabras
 
el tema es el siguiente: tengo un convenio con solo dos de los herederos (por ej. $5000). Ahora, me regularon $12.000. Le cobro todo a la sucecion? Le cobro a mis clientes $5000 y a los demas el resto? (son cuatro herederos).
 #379014  por chiqui79
 
lo primero que tenes que ver es la clasificacion de los trabajos. si los trabajos realizados fueron comunes, corresponde que le cobres a todos los herederos y si fueron particulares a los tuyos unicamente.
Si no hay resolucion de clasificacion de tareas la tenes que pedir.
Si los trabajos tuyos beneficiaron a TODOS los herederos corresponden se clasifiquen como comunes.
Se entendio???
 #380018  por chupacabras
 
Estimada,gracias. Se entendio perfecto. Los trabajos (si bien fueron "realizados" solo por dos de los herederos con mi patrocinio) beneficiaron a todos (Apertura-Inicio-publicacion de edictos-solicite se dicte declaratoria) Luegode eso "me sacaron el tema"....
No se clasificaron las tareas. El juez regulo "en general", es decir, no especifico ni tareas ni obligados al pago. Uno de los abogados (somos 3, yo tengo dos hermanos, los otros dos uno cada uno) apelo,hon. por altos y bajos, volvio de CAmara manteniendo la regulacion.
Habiamos quedado "de palabra" con mis clientes que cobraria honorarios cuando se venda el inmueble (sigue a laventa)pero la relacion se rompio,y se estan haciendo los "tontos".....
Me aconsejas meter un escrito pidiendole al Juez que "deniege cualquier acto de disposicion sobre el inmueble hasta tanto no se acredite enautos el pago de honorarios"...o algo asi? Notifico el por devueltos"? Que hago?
Desde ya muchas gracias por tu desinteresado aporte!!!!
 #380030  por chiqui79
 
te recomiendo que queden firmes los honorarios, y le solicite al juez que clasifique las tareas para que queden claro los obligados al pago.
Luego de que esten firmes, inicia directamente el juicio ejecutivo (o apremio en capital) para cobrar lo tuyo. Ahi pedis las cautelares que estimes corresponder. No lo dejes pasar, si te sacaron la causa ahora que paguen. pedi inhibicion general de bienes de los herederos.
 #380058  por chupacabras
 
Estimado Gracias!!!! voy a ir con los botines de punta entonces!!!
Saludos