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Lugar de consulta entre los colegas sobre lo que estipulan las Leyes Arancelarias que rigen nuestra profesión.
 #379368  por rosendo
 
hola colegas les consulto: al momento de presentar el escrito se libre giro en una homolagacion de convenio laboral, simultaneamente con tal escrito adjunto carta poder y solicito se tenga en cuenta pacto de cuota litis en tal carta poder.
bien, por lo tanto solicito se libre giro por un lado 20 % a cargo del demandado y por otro lado se tenga en cuenta pacto 20% a cargo de mi cliente, el juzgado me dice que no homologa y que aclare cifras, art 277 lct, y cumpla ley 10.268 bajo apercibimiento de ley!!!
bono y ius los presente.
puede ser que halla pedido mal la regulacion de honorarios?
solo de debi pedir los honorarios a cargo del demandado y no los de mi cliente(empleado)?
gracias.
 #380648  por diegogvillamayor
 
a ver si entendi, vos presentaste un pacto de cuota y pediste homologacion, y el juzgado te dice que no lo homologa????????????
que juzgado es? en base a que no homologan-=??
cuando lo presentaste?
 #380693  por DrSan
 
estimado: el motivo por el cual no te lo homologan es porque tenes que poner los montos a los que equivale ese 20%. Aclaranos sino como fue el proveido.-
Saludos!
 #383824  por rosendo
 
amigos gracias por tratar de contestarme!!!!realemente me vino como anillo al dedo el adelanto de la feria y aun sigo pendando como resolver el problema!!!
los montos del acuerdo estan denunciados y en el escrito especifique las cifras: por un lado lo convenido con el demandado 20% y simultaneamente adjunte carta poder con pacto de cuota litis y pedi "se tenga en cuenta pacto" 20 % convenido con mi cliente y pedi se reguele tal porcentaje.
el juzgado es en Pcia de buenos aires, me provee, se agregue carta poder, y aclare actiutd a asumir ( no se que quieren decir) art277 lct
y me intiman ley 10268 ( creo es sobre la tasa y sobretasa pero el demandado ya la integro) por lo tanto a mi me parece que yo no tengo que intergrar tasa.
el problema me parece, que radica en pedir la doble regulacion de honorarios??? 20 y 20 de manera exprasa en el expediente??'
 #390274  por una boga
 
claro porque respecto del pacto de cuota litis lo único que hacés es presentarlo, el Juzgado va a regularte honorarios y luego sobre la suma que tu cliente tenga para retirar, el juzgado le va a descontar un 20% automáticamente en concepto de honorarios tuyos, sin perjuicio de los regulados que son a cargo del vencido.
Es decir que si por ej. tu cliente arregló por $10.000, en realidad le van a librar giro por $8.000 y $2.000 para vos, o si cobra en cuotas se discrimina de esta manera en cada una de ellas
Suerte!
 #391433  por chiqui79
 
recuerden que no le homologaron el pacto de cuota litis. Esto es porque algunos tribunales o juagados consideran extemporaneo que se presente a ratificacion y/u homologacion cuando el proceso ya se cerro (en tu caso acuerdo), por eso siempre siempre los pactos se presentan de entrada. Y respecto de los honorarios de la otra parte, en la homologacion te tienen que haber regulado honorarios, vos tenes que pedir se libre cheque por el monto de la regulacion con mas los aportes, y no el 20%.
Por ej. si la homologacion dice: Regulanse honorarios por la suma de $1500 con mas aportes de ley, vos deberas pedir se libre cheque por la suma de $1500 + $150 aportes.