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Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
 #379767  por gi2008
 
Hola a todos! tengo una clienta uqe estuvo trabajando un año como señora que limpia en la casa de un abogado y estudio juridico del mismo mas de 4 veces por semana mas de 4 horas. Tiene testigos, hoy por hoy le niegan trabajo y no le pagó mas nada, en mes de abril la blanquearon recien depsues de un año. Mi pregunta es si la liquidacion por mas que no este dentro de la LCT se toman en cuentas los rubros y calculos de la misma o que parametros tengo sino? y en caso no pueda probarse los 4 dias por mas de 4 horas, que deberia hacer esa persona que trabaja por menos de ese tiempo? en que categoria entra si no es la de servicio domestico? gracias a todos los que puedan colaborar con estas dudas.
 #379972  por DAL
 
Si no es servicio doméstico, es relación civil y no se indemniza.
Fijate si estaba más en el estudio que en la casa, es LCT.
 #380236  por Cari76
 
Hola Gir, te cuento que yo pertenezco a la provinci de La Pampa, si bien el servicio domestico no esta regulado en la LCT, aqui nos manejamos con un regimen provincial, en el mismo la indemnización depende de la cantidad de horas semanales que trabaja la señora, por lo que vos expones es alrededor de 16 semanales,aquí una domestica que trabaja 4 horas diarias está estipulado que cobre $571, la hora extra tiene un valor de $ 8,71 y de indemniza con medio sueldo por año + vacaciones + preaviso y algunos otros conceptos, no se si te será de gran ayuda, pero aquí se homologan muchos convenios en el misnisterio, donde incluso te revisan si queres la liquidación...

Besos.-
 #380602  por doctorgauna
 
yo trataria de meterla por lct porq trabajaba en el estudio. metela como maestranza. el estatuto domestico es una verguenza.