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 #38095  por fidor
 
Consulta colegas. A un cliente le entregaron en el trabajo su recibo de sueldo con un descuento por un embargo en concepto de una cuota alimentaria en favor de su hijo menor, porque su ex pareja, con quien convive el hijo, le inicio un juicio de alimentos en el cual evidentemente le pidieron cautelarmente alimentos en forma provisoria. La cuestión es que el juicio está iniciado, pero nunca lo notificaron de la demanda, dado que denunciaron un domicilio que no le pertenecía(por ignorancia o por picardia). Su hijo tiene 20 años, no estudia y no trabaja. Esta claro que aún esta bajo su patria potestad, pero el cliente tampoco tendria inconvenientes en pasar un porcentaje de cuota. Ahora me puedo presentar en el expte y demandar la revocacion de la cautelar?y paralelamente allanarme a la demanda?esto esta bien?también tenía pensado llamar al otro colega y negociar el porcentaje de cuota, que dicen?..ah y que opinan respecto de la mentira del domicilio denunciado en la demanda?cuando siempre ha tenido contacto con el hijo y aun con la ex pareja?. Agradecería un consejito legal con respecto al tema.Un saludo enorme a todos.
 #38098  por sandra mariel
 
Hola Fidor. Lo que han dispuesto mas que seguro, tratandose de los Tribunales de Familia es ordenar un porcentaje en concepto de alimentos provisorios, yo en tu caso trataria de averiguar quien es el colega y firmaria un convenio ya que solo le resta un año al hijo de tu cliente para cumplir la mayoria y no lo haria por descuentos directos de la empleadora sino por deposito en la cuenta alimentaria ya abierta. El tema del domicilio utilizado recien cuando tengas una negaitva de tu colega, ya que es bastante dificl que te atiendan por eso, fijate si no hay en el expediente una cédula a tu cliente en el domicilio "falso" bajo responsabilidad de la parte, si es asi sería mas facil. Suerte y cualquier cosa nos comunicamos. :P

 #38105  por diegogvillamayor
 
hola que tal estas en provincia o capital?
si te notificaron bajo resposabilidad y en ese domciilio no vive ni tiene la otra otra parte como acreditar que vive tu clietne pedi la nulidad de todo lo actuado y tiras todo para atraz.
ahora como sabes que es una cautelar? mira que en temas de alimentos nos se suelen dar cautelares por provisorios.
seguro el juicio tiene sentencia y por eso embargaron. ya que no te embargan si no intimas segun plazo de 5 dias para abonar los atrazados.
Vas a tener que ver el expediente y ercien ahi tomar conocimiento.
si tu cliente quiere pagar una cuota podes negorciarla pero igual pediriria la nulidad de todo lo actuado e inicaria un daños contra la otra parte por la notificacion bajo resposabilidad. (claro esta si estuvo mal echa)
saludos

 #38222  por fidor
 
El jucio esta iniciado, es por alimentos contra mi cliente. En la demanda la contraparte pidio ademas una medida cautelar de embargo preventivo por los alimentos provisorios hasta tanto termine el juicio principal. Mi cliente tuvo conocimiento, en su trabajo, de la cautelar solamente, porque cuando fue a buscar su recibo de sueldos(es empleado publico) le dan una copia del oficio que indicaba la causa y que daba lugar al embargo preventivo solicitado por el otro letrado, y que fijaba directamente una suma del 10% sobre sus ingresos. Ahora bien, en lo relativo a la causa, la cedula que corría con el traslado de la demanda, fue devuelta desde la oficina de notificaciones sin diligenciar, pues no se encontro chapa municipal con el nro denunciado en la demanda ni personas que puedan aportar datos con respecto a mi cliente, segun lo labrado por el oficial de justicia...aprecio sus sugerencias, ahora como sigo?pensaba en iniciar antes que todo una información sumaria respecto del domcilio en que vive actualmente desde un tiempo importante, que no es el de su dni, y que su hijo ya conocia. REspecto de la cautelar iba a solicitar su levantamiento, tendré que estudiarlo...desde luego que ante todo trataré de negociar. Dispuesto a escuchar sugerencias. Gracias Dres.

 #38688  por fidor
 
Esto dice el Codigo procesal civil y comercial:Art. 339."...La citación se hará por medio de cédula que se entregará al demandado en su domicilio real, si aquél fuere habido, juntamente con las copias a que se refiere el artículo 120...Si el domicilio asignado al demandado por el actor fuere falso, probado el hecho, se anulará todo lo actuado a costa del demandante..."Entonces siguiendo con el mismo casito de alimentos, basandome en dicho artículo tendría que presentarme en el expediente ofrecer información sumaria de que mi cliente vive en otro domicilio, y así como también invocar testigos, prueba de informes (porque en su trabajo sabían) y todo lo que se pueda, y paralelamente pedir el levantamiento de la medida y la nulidad de todo lo actuado a costa del accionante?Alguien sugiere algo mas acertado y mas prolijo procesalmente?

 #38695  por diegogvillamayor
 
hola como estas, si te notificaron mal bajo responsabilidad , es decir si notificaron a otro domicilio que no es el que figura en el dni de tu cliente o qu eno figura en ningun lado pedi la nulidad de todo lo actuado con costas a la otra parte.

saludos

 #39444  por mochoa922
 
Lo que ocurre es que si es ejecucion de alimentos es como un ejecutivo, si no contestas en 3 días y te presentas, lo declaran rebelde. Presentate, constitui domicilio y depositá primero y pedis un incidente de levantamiento de embargo. Saludos. El plazo que te digo es de Mendoza, fijate cuanto es en tu legar.

 #39712  por diegogvillamayor
 
hola que tal , no es ejecucion de alimentos por lo que comenta fidor, sino es por una cautelar, por eso digo que se presente y pida la nulidad de todo lo actuado con costas a la otra parte y ademas le meta el daños.
si es como el plante lo tiene ganado todo.

saludos
 #39727  por doctoramanero
 
Encantada: perdón por mi intromisión, pero "fidor" el problema es que a tu cliente le embargaron por el derecho de alimentos a su hijo y el no quiere?, tal vez denunciaron el domicilio laboral que se hace muchas veces; no entiendo cual seria el poblema, pero igualmente podés revocar con el fundamento de la notificación y si allanarte a la demanda, lo que pasa que cuado de alimentos se trata es una medida que toman por seguridad de cobro; a tus órdenes; suerte.-

 #40658  por fidor
 
Colegas, mi cliente no tiene ningun inconveniente en pasar alimentos a su hijo que tiene 20 años. Es mas lo ha estado viendo, le ha comprado cosas pero nunca un recibo de nada. Y bue, la ex pareja rencorosa un dia le inicio juicio de alimentos. El domicilio no es el laboral. Es mas pude ver el expte y las cedulas estan devueltas sin diligenciar pues, al decir del oficial de justicia, el nro del domicilio denunciado en la demanda no existe, no hay chapa municipal al respecto. Entonces con fundamento en 339 pediria la nulidad de todo y el levantamiento de la medida cautelar otorgada en primera instancia, y al mismo tiempo que el juez fije una cuota de al menos 20% que es lo que esta dentro de las posibilidades de mi cliente. Busco un modelo de nulidad, si alguien tan amable me pasa estaria de diez. Por otro lado intente acordar por 20% y la otra parte no quiso, entonces tendre que litigar. Ah la medida cautelar se fijo en un 10% por si no lo dije. QUe opinan entonces? Muy atento de su parte las respuestas.Un gran saludo a todo el foro.Gracias.-

 #40660  por fidor
 
Perdon cuando dije "en primera instancia" quise decir en primer lugar. Osea me presentaria, pediria "en primer lugar" la nulidad de la medida cautelar y su levantamiento, y en el mismo escrito peticionaria que el juez fije una cuota del 20%, que es lo que mi cliente puede. Disculpas y gracias.-