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 #380904  por fabiofunes
 
Hola que tal? El caso es el siguiente, un cliente tiene antecedentes por portación de armas de guerra (en una UFI del gran Bs. As) en el año 2000, ahora necesita que estos no le figuren en forma negativa. Que trámites hay que hacer? Soy abogado pero aún no tengo matrícula. Gracias
 #380907  por PenalistaCBA
 
fabiofunes escribió:Hola que tal? El caso es el siguiente, un cliente tiene antecedentes por portación de armas de guerra (en una UFI del gran Bs. As) en el año 2000, ahora necesita que estos no le figuren en forma negativa. Que trámites hay que hacer? Soy abogado pero aún no tengo matrícula. Gracias
Colega...hasta que no exista una resolución sobre el fondo del asunto (existencia del delito o la participación del imputado en el mismo), dicho antecedente penal seguirán figurando en la planilla prontuarial de su cliente... :shock:
 #380920  por fabiofunes
 
Tu respuesta, quiere decir que de la UFI me informarán que juzgado entiende y entonces ahí solicitar la resolución final? Qe honorarios cobrar? Y desde ya muchas gracias.
 #380975  por poorlaw
 
Estimado, para un pantallazo, péguese una leída al art. 51 del CP y a la ley 22.117.

Saludos.
 #380993  por feragus
 
fabiofunes escribió:Hola que tal? El caso es el siguiente, un cliente tiene antecedentes por portación de armas de guerra (en una UFI del gran Bs. As) en el año 2000, ahora necesita que estos no le figuren en forma negativa. Que trámites hay que hacer? Soy abogado pero aún no tengo matrícula. Gracias
La portación de arma de guerra en el año 2000 no existía como delito. Existía la portación de arma civil o la tenencia de arma de guerra. Más allá de ello, cuando hablás de antecedentes, te referís a que tuvo condena?. No parece, porque si decís que está en una UFI.... Si no hay condena, tendrías que evaluar el tema de la prescripción de la acción penal.
 #381175  por fabiofunes
 
Quiero agradecer a todos especialmente a PenalistaCBA, poorlaw y a feragus por sus consejos.
De los mismos entiendo que debo presentarme ante la UFI para ver el estado de la causa, hacer la presentación formal y actuar en consecuencia (ej:pedir la prescripción de la acción penal o lo que me dictamine el estado de la misma) y con dicha resolución dirigirme al registro para que modifiquen la condición de mi asistido (obviamente que tengo entendido que lo anterior no se borra pero aunque sea dirá que un juez a tenido una resolución positiva sobre el mismo y no significará algo tan negativo).
Solo me resta 2 cosas: 1) conectarme con un colega matriculado y con domicilio en San Martín (Buenoa Aaires) y 2) saber que honorarios cobrar (aúnque sea tener una idea).Muchas gracias (obviamente que si tienen más consejos, gratamente serán recibidos).
 #381195  por feragus
 
(obviamente que tengo entendido que lo anterior no se borra pero aunque sea dirá que un juez a tenido una resolución positiva sobre el mismo y no significará algo tan negativo).


Sí se borra, justamente si la resolución es positiva (sobreseimiento por lo que sea por ejemplo, por prescripción), el antecedente no debiera aparecer más.