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 #382148  por javierhc
 
Hola. Miren tengo a 3 empleados de una distribuidora de galletitas, todos en negro, trabajaban de lunes a sabados de 06:00 a 18:00 o a terminar por la misma paga. El dia sabado fueron a trabajar normalmente y al medio dia les dijo que no vengan mas y estos se fueron. Nunca les pago aguinaldo, no vacaciones y si no trabajaban no cobraban, en caso de enfermadad. Uno es un repartidor y cobrador, otro un empleado que trabajaba dentro del deposito armando el reparto y tareas generales y cobraba tambien y el tercero tambien preparaba los repartos y salia a la calle con el primero a repartir las mercaderias. Mi pregurnta es la siguiente: 1)Que convenio se le aplican a c/u y 2) Que hago si el empleador me contesta el 1er TCL que le mande que niega y desconoce la relacion laboral. Desde ya agradecido.
 #382299  por bogatavo
 
Hola, a la 1º me parece aplicable EN PPIO. el CCT 434/06 Trabajadores de la industria de la alimentación- corredores, cobradores, repartidores, etc. Pero CHEQUEALO!!, y fijate si alguno de los trabajadores - por lo menos el que cobraba - si no realizaba ventas o levantaba pedidos, en su caso ley 14.546 CCT 308/1975. A 2º la negativa a tu cliente de su condición de trabajador subordinado por parte del empleador, es una INJURIA que justifica plenamente la ruptura del contrato de trabajo por parte de aquel (arts. 242 y 246 LCT). La falta de pago de salarios, SAC también configura una INJURIA, si previamente intimaste y todo bajo apercibiemiento ...etc. De paso también una ojeada al art. 243 LCT
Saludos
 #382815  por javierhc
 
gracias x la data bogatavo. Pero en el caso (que casi seguro) me niegue en el telex el empleador la relacion laboral, como sigue todo?. El deposito de galletitas esta en Devoto (capital) donde inicio y con que, con demanda o mediante formulario, tengo 1ro. que ir al seclo o en este caso no?. Gracias
 #382838  por Marinal
 
Buenos días. Dado que el lugar de trabajo fue en capital podés iniciar en el SECLO. El formulario para iniciar lo podés bajar de la página del SECLO y no es necesario que hagas ahora ninguna demanda. Una vez que te fijen audiencia es conveniente que allí lleves una liquidación lo más completa posible a partir de la cual podrán negociar, si esa es la intención de las partes.
 #383812  por javierhc
 
Gracias, marinal x la informacion. Sabrias vos o alguien que convenio colectivo se le aplican a los que trabajan dentro del deposito de galletias y afines, es de trabajadores de alimentos y afines o empleados de comercio?. Alguien me ayuda xfa!!!!
 #383814  por javierhc
 
Sabria alguien que convenio colectivo se le aplican a los que trabajan dentro del deposito de galletias y afines, es de trabajadores de alimentos y afines o empleados de comercio?.Y otra cosa si trabaja de noche le corresponde la misma paga del que trabaja de dia?. Alguien me ayuda xfa