Les quiero consultar respecto a una accidente laboral de un empleado civil de las fuerzas armadas, el tema es el siguiente el hace 10 años sufre un accidente consecuencia de ello a lo largo de estos años ha estado en diferentes tratamientos entre ellos le han implantado una protesis.
Bueno para resumir un poco el tema es que hace dos semanas cuando me consulta me dice que le han dado una notificación por la cual le informan que la junta médica de la Fuerza Aérea le ha dado 27% de incapacidad laborativa y que elevera esta actuación al Ministerio de Salud para que considere su jubilación.
Mi pregunta es la siguiente según me dice mi cliente posee ART la que no se hace cargo de su enfermedad porque no era socio cuando ocurrío el accidente.
Mi idea es reclamar directamente al Ministerio de Defensa y pedirle la indemnización por el 27% de incapacidad y luego tratar de ir por la indemnización integral pidiendo por el 1113 cc. Lo de la prescripción lo fundamentaré en que la incapacidad definitiva es conocida recién en la oportunidad en que se le ha notificado.
Agradecerá cualquier opinión al respecto. Gracias.
Bueno para resumir un poco el tema es que hace dos semanas cuando me consulta me dice que le han dado una notificación por la cual le informan que la junta médica de la Fuerza Aérea le ha dado 27% de incapacidad laborativa y que elevera esta actuación al Ministerio de Salud para que considere su jubilación.
Mi pregunta es la siguiente según me dice mi cliente posee ART la que no se hace cargo de su enfermedad porque no era socio cuando ocurrío el accidente.
Mi idea es reclamar directamente al Ministerio de Defensa y pedirle la indemnización por el 27% de incapacidad y luego tratar de ir por la indemnización integral pidiendo por el 1113 cc. Lo de la prescripción lo fundamentaré en que la incapacidad definitiva es conocida recién en la oportunidad en que se le ha notificado.
Agradecerá cualquier opinión al respecto. Gracias.