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  • valor de un acuerdo priv. sin homologar

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A pedido de los usuarios, un nuevo Foro dedicado exclusivamente al Derecho de Familia
 #383094  por aprendiz
 
Hola!! saquenme de mi ignorancia: :oops: ¿ cual es el valor de un acuedo privado sin homologar ?

se trata de un matrimonio que hace un mes se separó de hecho. Firmron un convenio privado en relación a la tenencia de su hija (con la mamá), una cuota alimentaria.

El marido presentaría personalidad bipolar o algo parecido.Es violento y sanguinario, pero se presenta como un "galán" o un pobre cordero.No quiere someterse a tratamiento siquiatrico.

El se ha quedado en la casa, porque es un bien propio. Lo cual no tiene nada que ver, porque era el hogar conyugal.

No quiere darle los elementos básicos para vivir como heladera, etc...

El no ha cumplido con la primer cuota, y ahora aduce que para cumplirla se va a llevar la nena por 15 días para su provincia natal.
O sea, "compra" el contacto con su hija.

Ella sufre una enfermedad terminal. El no ayuda a pagar la obra social ni los estudios medicos.

La dejó literalmente en la calle. Vive con su hija de prestado en la casa de una amiga.

¿Que diferncia hay entre homologar el acuerdo y no hacerlo?

Si no hizo la denuncia por violencia familiar, por querer y creer en una futura reconciliación, ¿puede hacerla ahora?

Que bibliografia recomiendan para el tema?

GRACIAS!!!
 #383108  por Anaspada
 
Hola que lio!! La verdad es que los temas de familia no me terminan de gustar porque es imposible no sufrir por esa nenita!! Mirá, la denuncia la puede hacer, hay muchos centros de la mujer o cosa así que la pueden ayudar. Con respecto a las cosas de la casa, le debería dar el 50 % (si es que están casados) porque aunque la casa sea un bien propio lo de adentro supuestamente se compro durante el matrimonio.
Con relación al acuerdo, la diferencia entre homologarlo y no es que si no está homologado no lo podes ejecutar. Si necesitas ejecutarlo, como es este caso, porque no paga la cuota alimentaria, 1º hay que hacer un juicio de homologación, lo van a citar a el para que reconozca la firma y sale sentencia. Es rápido y despues inicias el alimentos. ¿Tiene regimen de visitas en el contrato? Ojo porque muchos dicen que se llevan a los hijos por 15 días y despues desaparecen y no los encontrás mas.
Si el padre es como decis, creo que ella debería tener mucho cuidado con la nena y tratar de probar que el tipo esta loco cuanto antes porque si a ella le pasa algo la nena se queda con el padre. Si el tipo es muy evidente en su enfermedad hasta podes pedir la internación de el. No se bien como es el caso pero se tendria que mover por el bien de su nena y es mi opinión, pero que no se la deje llevar 15 días (aunque se que él tiene derechos obvio).
Saludos.
 #383113  por mfrinland
 
Tambien si lo homologas y en el se establecio regimen de visitas, podes luego de homologado solocitar por incidente la modificacion de ese regimen, alegando la denuncia de violencia que tranquilamente podes hacer y pedir pericias psiquiatricas. Suerte.
 #383145  por ULPIANO7
 
Coincido con lo expuesto por la colega preopinante.Técnicamente se puede agregar quizas que no obstante se afirma que el convenio extrajudicial no está sometido para su validez al requisito de la presentación al juez (el deber alimentario y el derecho a recibirlos no son suceptibles como tal de transacción, ni de renuncia), de manera que el acuerdo es válido en tanto no se lo impugne en razón del cambio posterior de las circunstancias tenidas en vista al momento de celebrarse.Dichos acuerdos son, obviamente, válidos y obligatorios. Pero no serán ejecutables si no se los homologa judicialmente

Debe distinguirse entre obligatoriedad y ejecutabilidad del convenio. El acuerdo como tal es obligatorio, es decir obliga a dar cumplimiento a las estipulaciones en él contenidas.Pero la ejecución forzada de tales estipulaciones requiere la intervención jurisdiccional previa para que mediante una sentencia se las dote de carácter ejecutorio. Tal carácter ejecutorio devendrá de la homologación judicial que es una sentencia que implicará transformar al acuerdo en título ejecutable .De allí la importancia que adquiere el hecho de que el acuerdo este homologado.
Sin perjuicio de pedir la homologación ,la señora tiene a su alcance otras alternativas como demandar directamente por alimentos ,pedir el divorcio o la separación por culpa de la otra parte y que se fijen en ese proceso las pautas relativas a alimentos ,vivienda etc.De ser el único inmueble y al existir un menor de edad podría solicitar su indivisión hasta que el hijo sea mayor y atribuirsele el derecho de permanecer en el.
Tambien puede radicar ante los organismos pertinentes la denuncia de la violencia de la que es objeto ,a fin de recibir asistencia ,en fin tiene todos los medios para defender sus intereses.
 #550489  por santiheladero
 
tengo un convenio q no tiene una clausula expresa para homologarlo . Solo q cualquier divergencia sera sometida al os tribunales de flia. Es sobre alimentos.
Lo puedo homologar para ejecutarlo.?