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  • EMPLEADOR NO ABONA LIQUIDACION FINAL

  • Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
 #384299  por maria lujan
 
Buenas tardes, tengo un cliente con una situacion un poco particular y no soy muy ducha en laboral, queria saber si alguno podría orientarme. Esta persona trabajo por casi 10 años en una empresa, los ultimos 2 años estuvo en blanco, pero el empleador le hizo muy pocos aportes; como estaba en una deuda muy grande con Afip le pidió que mande el telegrama de renuncia, por supuesto y por temor a perder el trabajo esta persona aceptó; dos meses después termina renunciando, cuando quiere cobrar la liquidación final el empleador le dice que le corresponde solo dos meses, pero para mí corresponde por todo el tiempo que estuvo en blanco no? ademas hay varios recibos que no firmó y meses que fueron pagados en forma incompleta; esto tambien se puede pedir no? bueno, desde ya agradeceré a quien pueda orientarme un poquito. Saludos.
 #384303  por DAL
 
Si renuncio solo le corresponde SAC vacaciones y algun día trabajado. Claramente le corresponde sobre los dos meses porque en la primer renuncia debio cobrar la liquidacion final por el resto del periodo, o bien seguramente FIRMÓ que cobró la liquidación por el resto del periodo.
 #384316  por maria lujan
 
Hola Dal, gracias por responder tan pronto, el tema es precisamente ese, como renunció y siguió trabajando dos meses mas no cobró nada, con la renuncia expresa no cobró ni liquidación final ni firmó nada, ni siquiera recibíó el recibo de liquidación final, entonces le correspondería cobrar esa liquidación que no percibió? habrá alguna posibilidad de que cobre por la cantidad real de años trabajados o solo por los trabajados en blanco? Gracias.
 #384324  por DAL
 
En caso de renuncia no hay liquidación en relación a los años. Solo al semestre, en relación al SAC y al año presente en relación a las vacaciones proporcionales año 2009. Nada más.