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Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #38360  por Mariel Itatí­
 
Hola les cuento que soy nueva en el foro, y en la profesión, ahora les envío una pregunta para ver si me pueden ayudar..qué pasa si una persona está inscripta como monotributista, quiere jubilarse pero tiene una deuda grande todavía que son posteriores a 09/1993.. Que me conviene : cancelar esa deuda, o prescribirlas y comprar todos los períodos necesarios para jubilrse? El Sr. nació el 01/12/1936 (70 años), se inscribió como monotribustista categoría 08 Aportante agropecuario desde 06/1999 al 03/2000 y después como monotributista categoría 10 Prev. Trabajador activo desde 04/2000 hasta ahora porque nunca se dió de baja...(períodos no prescriptos) Desde ya les agradecería una ayudita.. besos
 #38362  por juanci
 
Mariel Itatí escribió:Hola les cuento que soy nueva en el foro, y en la profesión, ahora les envío una pregunta para ver si me pueden ayudar..qué pasa si una persona está inscripta como monotributista, quiere jubilarse pero tiene una deuda grande todavía que son posteriores a 09/1993.. Que me conviene : cancelar esa deuda, o prescribirlas y comprar todos los períodos necesarios para jubilrse? El Sr. nació el 01/12/1936 (70 años), se inscribió como monotribustista categoría 08 Aportante agropecuario desde 06/1999 al 03/2000 y después como monotributista categoría 10 Prev. Trabajador activo desde 04/2000 hasta ahora porque nunca se dió de baja...(períodos no prescriptos) Desde ya les agradecería una ayudita.. besos
Hola la Ley que queda vigente es la 24476 y permite comprar aportes solamente hasta 09/1993, es decir todo lo posterior que quieras usar debe estar cancelado totalmente, es decir no puede deber ni siquiera 0.01 centavos de intereses. Yo en tu caso haria lo siguiente, aplicaria a todo lo adeudado posterior al 09/93 la Ley 25321 y compraria periodos a partir del 01/55, en una categoria "A" Albañil codigo 401 que son mas economicos
 #38475  por Mariel Itatí­
 
Gracias Juanci por tu respuesta, entonces lo que me decís es que prescriba todos esos períodos que él estuvo inscripto como monotributista y compre todos los períodos por la ley 24476?, es decir que lo jubilaría como si fuera una persona que nunca hizo aportes? Besos

 #38535  por tincho_20
 
si le faltan años para completar los 30 y los intereses de esos meses de monotributo son centavos.. Pagalos con formulario 155 o 166 depende del año...
y sino renuncialos todos. y listo..