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  • QUIEN TIENE LA TENENCIA????

  • A pedido de los usuarios, un nuevo Foro dedicado exclusivamente al Derecho de Familia
A pedido de los usuarios, un nuevo Foro dedicado exclusivamente al Derecho de Familia
 #384089  por elisa007
 
Hola a todos.. en primer lugar debo decirles q no soy abogada asi q toooodo lo q me puedan decir o aconsejar demas esta decirles q se lo agradezco desmesuradamente. Ahora bien.. les comento lo q me esta pasando...
Mi esposo tiene 2 hijos menores de 5 años. La tenencia le fue otorgada a el 2006 cuando los niños eran muy pequeñitos, ya q la progenitora (prefiero no llamarla madre x q ninguna MAMA abandona a sus hijos) de estos enloquecio (se intento suicidar y como si esto fuera poco se fue abandonando a su esposo e hijos) y le firmo un papel a mi marido diciendo q se los dejaba y se iba de la provincia donde residian, en ese momento era cordoba. A los poco meses mi marido se viene a vivir a Mendoza con sus hijos y por casualidades de la vida la Sra tambien vienen a residir a Mendoza. Un grave problema de salud (Cancer en el medioastino, hodgins) lleva a mi marido a darle los niños para los cuide dado q el por su enfermedad no podia trabajar para mantenerlos y aparte comenzaba las quimio. Ella los tiene desde principios del 2007. nunca se firmo ningun papel de esto todo fue un acuerdo verbal. La cuestion es q ahora mi marido esta muy bien de salud, esta trabajando en una gran compañia, y los niños desean vivir con su papá. Yo fui a ver a un abogado conocido (q no ejerce la profesion) y este me dijo q la tenencia es de mi esposo q eso no caduca y q el puede pedir la restitucion en cualquier momento. y q si la progenitora no quiere darselos mi esposo lo puede pedir por la fuerza publica. Mi miedo es q como esta persona no ejerce las leyes hallan cambiado y q si nos traemos a los niños y la Sra enloquece los podamos peder definitivamente ya q hace 2 años q ella los tiene a su cuidado.
Ustedes q opinan?
 #384537  por diegogvillamayor
 
opino que deberias consultas a un abogado, por aca no se te podria contestar dado que el fin del foro no es ese y ademas es una locura dar un asesoramiento en base a un post.

saludos
 #384865  por elisa007
 
[quote="diegogvillamayor"]opino que deberias consultas a un abogado, por aca no se te podria contestar dado que el fin del foro no es ese y ademas es una locura dar un asesoramiento en base a un post.

saludos
"NO PRETENDIA UN ASESORAMIENTO TOTAL" DE MI CASO... SI ALGUNO DE TOOOODOS SUS COLEGAS Q LEYO MI POST HUBIESE SIDO MAS INTELIGENTE ME HUBIERA DEJADO LA FORMA DE CONTARCTARME PARA SEGUIR EL CASO, YA Q COMO ESTAMOS DE FERIA NADIE, QUISO ATENDERNOS YA QUE ESTAMOS CON LA QUERIDISIMA FERIA JUDICIAL!!!!!!!!!!!!

PD: SR "diegogvillamayor" NO CREO Q SEA UNA LOCURA DAR UNA MISERA OPINION DEL CASO.......
 #384883  por viko
 
Lo que el colega quiere decir, es que asesorarte en base a un post, es tanto como un médico recetando sin ver al paciente.
mas alla de eso, lo que "no caduca" es la patria potestad. La tenencia es una situacion de hecho, amparada por el derecho. La patria potestad es el derecho que ejerce aquel que tiene la tenencia.
sinceramente, creo que estas aclaraciones son mas para charlar con colegas que para aconsejarte. Desde aqui, creo que la solucion a tu problema es un juicio de tenencia; con los antecedentes que das, es posible que prospere. En todo caso, un abogado de tu provincia te aconsejara mejor (no conozco la ley procesal mendocina, capz tiene algun proceso mas idoneo)
saludos