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 #386002  por elrobi
 
Que tal, les cuento que agarre un juicio de alimentos por parte del alimentante, al que le fijaron desde febrero alimentos provisorios que viene pagando a termino.

La duda es que el juez no fija por cuanto tiempo debe pagar los provisorios y el abogado de la otra parte me pide que nos pongamos a hacer el convenio definitivo pero no nos ponemos de acuerdo por la plata. Osea a mi cliente le conviene seguir con los provisorios pero no se cuanto tiempo mas podra estar con ese concepto.

a su vez respecto de los honorarios no se ni cuanto ni cuando ni en que momento cobrarlos dada mi poca experiencia.

gracias por la ayuda y espero respuesta.

Roberto
 #386009  por docthos
 
primero fijate cuanto gana tu cliente, de ahi saca el porcentaje que representan los provisorios. Luego si haces convenio que se ponga como clausula costas por su orden, si no que inicien juicio total si no dicen nada las costas son para el alimentante por criterio de los tribunales dado que consideran la naturaleza alimentaria de la cuota. Espero te sirva, saludos.-

En cuanto a los honorarios los van a regular si presentan el convenio a homologar en la homologacion o si inicia el juicio propiamente dicho luego de la sentencia.

En cuanto al monto en pcia de bs as multiplica el valor d ela cuota por 24 (dos años) y de ahi es un porcentaje, al menos los que me estuvieron regulando a mi entre un 10 y un 14 % de esa suma, Saludos.-
 #386023  por elrobi
 
antes que nada gracias por responder, cuanto tiempo se puede estar con los provisorios? a q te referis con el juicio propiamente dicho?

no entendi tampoco lo de las costas.

conviene hacer acuerdo no? que esperar el juicio? el tema que mi cliente no quiere saber nada con subir la cuota.

no tiene una buena posicion economica, no trabaja en blanco...

gracias

Roberto
 #386105  por docthos
 
JUICIO propiamente dicho lo digo para diferenciarlo de la etpa previa, seria la etapa de conocimiento para ser mas exacto. La fx de los provisorios es para que los perciba hasta que se fijen definitivos. Lo de las costas que no entendiste? si no se menciona que las costs son por su orden en el acuerdo EL CRITERIO DE LA MAYORIA DE LOS TRIBUNALES es cargar con las costas al alimentante entonces te decia que de ultima si te presionan para que acuerdes pone al menos como clausula que sean por su orden, fijate a tu cliente si le conviene arreglar es sabido que te van a pedir una cuota mayor a los provisorios y si tu cliente tja en negro se les hace mas dificil probar el caudal si hay voluntad de tu cliente aconsejale una buena cuota, no olvidemos que es para el hijo, y que acuerde con costas por su orden, de lo contrario (si te niegan que as costas sean por su orden) no arregles nada de todas maneras se impondran las costas al alimentante si lo tiene que decidir el juez asi que el resultado es virtualmente el mismo
elrobi escribió:antes que nada gracias por responder, cuanto tiempo se puede estar con los provisorios? a q te referis con el juicio propiamente dicho?

no entendi tampoco lo de las costas.

conviene hacer acuerdo no? que esperar el juicio? el tema que mi cliente no quiere saber nada con subir la cuota.

no tiene una buena posicion economica, no trabaja en blanco...

gracias

Roberto