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Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #38723  por Romina27
 
Hola a todos!!!!!!!!!!!!!!!!!!!
Gracias por las respuesta, que me estandando, la verdad me ayudaron muchisimo,! :D
Tengo varias consulatas para hacerles:
1) Por las respuestas que me fueron dando, entendí que no puedo aplicar el beneficio del art. 3 a los años que me aparecen en relación de dependencia, cual es el inconveniente?
Aca mando como me quedo el SICAM para ver si esta bien, aún no lo envie.
1.1)Y aclaro que estos son los períodos en que me aparece en ANSES en relación de dependencia:
Año1960 /Año 1962 /Año 1970 /Año 1971 /Año 1972/ Año 1977/Año 1978
Año 1979/ Año 1980 /Año 1981/ Año 1982
y así hasta el año 1987
Estos períodos no son completos, algunos sí, y algunos otros son solo unos meses.
2)Aca va el SICAM:
Autónomo.
HOMBRE 67 años. Fecha de Nacimiento: 26/07/1940
Cumplió 18 años 26/07/1958
Categoria : Albañil 401
Situación de revista:
Fecha de inicio: 12/1958
Fecha de cese: 12/1987
BENEFICIO art. 3 ley 24476: 06/1977 al 09/1980
04/1984 al 11/1987

La primer cuota a pagar es de $ 247.17
y las retante 59 $ 286.03

Como veran aplique el beneficio del art. 3 a esos años en relación de depedencia, me conviene cambiarlos, no?
Gracias por su ayuda!!!!!!!
Saludos
Romina

 #38761  por ilvinavaleria
 
perdoname romina, pero no entiendo lo que estas intentando hacer????? :oops: armastes un sicam superponiendo los meses en relación de dependencia?, en el sicam se supone que declaras periodos que la persona trabajo en calidad de autónomo. no como rel de dependencia, y otra cosa es que el art. 3 es una declaracion jurada que permite declarar hasta 7 años segun fecha de cese. Para que los superpones con el trabajo real del cliente?

 #38795  por Romina27
 
Hola ilvinavaleria!!!!! Gracias por contestar!!
Como ves no tengo mucha idea de esto, yo arme el SICAM de esa manera, porque me dijeron que podía obviar los años en relación de dependencia de esta persona, y hacer directamente la jubilación como autonomo, y eso es lo que hice en el SICAM lo tome todo como autonomo y utilize el beneficio del art. 3 para los 7 años de declaración jurada.
Ahora mi duda surgio, que pasaba con estos años en relación de dependencia, si yo puedo obviarlos y hacer el SICAM sin inconvenientes o tenia que tenerlos en cuenta? y especificamente me dijeron que tenga solamente cuidado en el beneficio del art. 3, que esos 7 años que compre no se choquen con los que le aparecen en relación en dependencia ? es así?
La verdad es mi primera jubilación, y simplemente de favor a un conocido, y no tengo mucha idea y no quiero meter la pata...
Gracias por tu AYUDA!!!!!!!!!!!!!! :shock:
Saludos
Romina

 #38800  por ilvinavaleria
 
romina, si bien es verdad que podes obviar los años en relación de dep. y hacer todo por autónomo, es una pena que el señor pierda tantos años de aportes, ¿cuantos son en total?, lo que podes hacer son dos cosas. 1) respetar los años que le aparecen por sijip, y armar un sicam con los años faltantes aplicando ahi los beneficios (exeso de edad y cese), pero no superponiendolo con los años en rel de dependencia, y 2) obviar todo y armar directamente el sicam y al aplicar el beneficio tenes que tener la precaución de no superponer el beneficio con lo trabajado.
Ahora si te debo dar mi opinión (si me permitis obviamente), al ser tantos los años trabajados yo me inclinaría por la primer opcion. La contra es que va con turno, el beneficio para tu cliente le baja mucho la cuota. Distinto sería el caso si el cliente tendría sólo meses aportados o 1 año, pero por lo que contas son muchos mas. Espero tu respuesta!