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  • accidente de transito

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 #387720  por yakz
 
hola a todos soy nuevo en el foro... paso a redactar los hechos del caso : es un accidente en el que la victima viajaba en una moto y al llegar a la esquina pasando la bocacalle es embestido por un remis en su rueda trasera y sale despedido y pega la cabeza en un poste de luz que estaba en la vereda y muere... el tenia 22 años, iba del trabajo a su casa, su empleador no tiene ART y estaba en negro tenia una antiguedad de 8 meses en el trabajo, la empresa donde trabajaba es una cooperativa.... hay una causa caratulada como homicidio culposo.... mis pregunta son... las pruebas del hecho las saco del expediente penal que ya esta en fiscalia? es preferible constituirme en querellante y actor civil para reclamar el daño en sede penal o plantear la accion de daños y perjuicios en sede civil y comercial? si es una cooperativa igual se rige por la ley de riesgo de trabajo para calcular la indemnizacion por el accidente que creeria es in itinere, como pruebo que fue in itinere? espero respuestas............muchas gracias
 #387760  por chiqui79
 
respondo respecto de la accion laboral, el era "socio cooperativista"??? o empleado de la cooperativa??? para ello fijate si le sacaron el monotributo y averigua para que empresa prestaba tareas definitivas.
Contame un poco mas de sus tareas y de sus horarios, accidente, y funcion de la cooperativa.
se prueba que fue in itinere si es el tramo que va de la casa al trabajo sin desvios, directo, en los horarios de ingreso o salida de su puesto de trabajo.
 #388593  por yakz
 
aparentemente era socio por lo que me dijo su esposa ya que todavia no fui a la cooperativa... pero esto no concuerda con la realidad ya que el era empleado de limpieza en un hospital. creo que tb esta como monotributista... igualmente en este caso le corresponde las indemnizaciones de la LCT y de la ley de riesgos de trabajo?
 #389834  por chiqui79
 
si, le corresponde todo pero tenes que hacer una demanda alegando fraude laboral, si tu cliente recibia un suledo fijo, cumplia horarios, etc, es una relacion laboral y no un socio cooperativo.
Yo arrancaria un intercambio epistolar para regularizar situacion laboral en los terminos de la ley 25323 y luego encararia el tema del fraude laboral.
Es muy comun en algunos ambitos, por ejemplo limpieza, pesca, seguridad. Pero es FRAUDE A LA LEY.
Si le pagaban el monotributo podes ir gestionandole la pension si tiene conyuge o descendientes, o concubina. Fijate si cumple la regularidad.
 #389841  por abogmdq
 
Estoy de acuerdo con chiqui, vas a tener que hacer una demanda a la cooperativa por el fraude laboral.-
Si el accidente fue in itinere, fijate bien!!!
Las cooperativas no tienen ART, pero muy posiblemente hay un seguro, lo encaminas como un reclamo a una aseguradora civil.-
Con respecto a la parte penal, tene en cuenta que si presentas como actor civil, vas a recibir una indemnizacion menor a la que te corresponderia en sede civil, que son mas generosos.-
En esta instancia, yo solo me presentaria como particular damnificado para poder controlar y tener amplias facultades.-
Ah!!! si te vas por lo laboral plantea ciertas inconstitucionalidades: a saber, art. 39 inc. 1º y 49 disp. 1) de la ley 24.557, por negar al trabajador la reparación integral, física y moral frente a un infortunio, al eximir al empleador de la responsabilidad civil, violando lo normado por el art. 14 bis de la Constitución Nacional y Tratados internacionales de rango constitucional, así como de los arts. 8 inc. 3, 21 y 22 de la misma ley .-
 #389925  por yakz
 
muchas garcias!!... ahora me decis que puede tener un seguro... puede ser un seguro por accidente de trabajo? en ese caso el seguro se tendria que hacer cargo del accidente laboral en las condiciones que establece la ley de riesgo de trabajo es decir cumpliendo con esos montos indemnizatorios y no por un monto menor fijo que ellos fijen por el seguro? con ese seguro estaria respaldado el empleador o igual tendria que demandarlo por no tener una ART y por estar el trabajador en negro y por el fraude laboral? disculpen tantas preguntas.. espero de sus respuestas
 #389927  por yakz
 
otra cosa el trabajador tenia una antiguedad de 8 meses en el trabajo... hay derecho a la pension por falleciemiento?
 #389986  por chiqui79
 
tenes que fijarte toda la historia laboral de los ultimos tres años. Si queres ponela aca para ver si cumple regularidad y lo vemos. en esta empresa o en otra, es indistinto. Tambien cuentan los meses de seguro de desempleo.
Saludos.
 #390682  por yakz
 
solo tenia 8 meses de antiguedad al momento de su falleciemiento, estaba como monotributista, los recibos de sueldo son impresiones de computadora.. pareciera que estuvo en negro.... antes no habia trabajado en relacion de dependencia...
 #390685  por chiqui79
 
si solo tiene 8 meses como autonomo y nada mas como relacion de dependencia no podes pensionarlo. necesitas mas aportes. fijate por las dudas en la lista sabana de ANSES para estar segura.