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A pedido de los usuarios, un nuevo Foro dedicado exclusivamente al Derecho de Familia
 #388687  por BEN10
 
Buenas tardes, colegas.
Mi consulta es la siguiente: voy a iniciar una sucesión de una clienta sin hijos en su matrimonio. El marido falleció recientemente; pero él sí tenía hijos extramatrimoniales, todos mayores.
Hay 3 propiedades, todas adquiridas dentro del matrimonio a nombre del causante. Salvo una, en donde el 25% fue adquirido por el causante antes de casarse.
Mi clienta me manifiesta que el causante dió de palabra una de las propiedades a uno de los hijos, no hace mucho.
No hubo convivencia entre el causante y la madre de sus hijos. Siempre vivió con mi clienta, aún despues de que conozca la verdadera situación.
Preguntas:
1- Al momento de presentar el escrito debo denunciar el nombre de los hijos extramatrimoniales? yo voy por la sra. Denuncio como acervo hereditario tbn el inmueble dado por el causante al hijo, creo q sí + allá de q nadie se lo va a sacar es justo q se integre a la masa.
2- Luego de salir a luz el tema de los hijos, ambos firmaron un convenio de división adjudicándose los bienes como paso previo al divorcio, y en donde él deja manifestado su intención de no separarse. Se hizo ante escribano, una especie de certif. de firmas. El divorcio no se hizo, y pasada la tormenta y una grave enfermedad de él la situación volvió a ser la de antes. Siempre vivieron juntos en el dom. conyugal. Que validez tiene este convenio? me conviene denunciarlo? Acá no se habla de hijos, y es 50/50. Se suponía q la parte del causante iba xa los hijos.
3-Que pasa con el asiento del hogar conyugal? Si bien hay 2 prop. y un terreno. que se estila? Se suma, se tasa, se vende y se divide 50 xa la esposa y 50 para los hijos?
4- la esposa cuido del marido durante los últimos 10 años q estuvo enfermo, esto le otorga beneficio o preferencia frente a los hijos del causante?
Patrocinando nada más q al viuda, tendré chance de que me otorguen prorroga de jurisdicción a Morón?
5- Voy a hacer una consulta al índice de titularidad y un dominio con lo q salga xa estar seguro de los bns.
6- como denuncio el inmueble que el 75% se compro dentro del matrimonio y el 25 restante anterior al mismo. Como es: del 75% iría el 50%, y del 25% iría con los hijos?
Gracias, ya sé que es un poco largo.
Saludos.
 #388969  por diegogvillamayor
 
hola te respondo:

1 no es obligatorio que un heredero denuncie a los otros, para eso estan los edictos.
denuncias los bienes que consideres, yo denunciaria todos.
2 entiendo que como nunca se divorciaron el convenio no tienen valor alguno ya q lo que hace por lo que entendi es disolver la soc conyugal.
3 el asiento es parte de la sucesion,no entiendo la pregunta.
4 no
5 si,esta bien.
6 lo denuncias asi como lo planteas, igual eso surge en la escritura o no.
 #389108  por BEN10
 
Gracias por responderme.
-O sea que vos decís que en el escrito no hace falta que ponga que el causante tenía hijos? Yo tengo los nombres de los hijos del causante, no las direcciones. Beneficia que los denuncie en el escrito? No gano ni pierdo?
- el matrimonio alquilaba una de las prop. que pasa con esos alquileres? son reclamables x los hijos? presumo que sí. Lo que pasa que todo este asunto esta impregnado por la creencia de la viuda que eso fue un desliz del esposo, y no tiene en cuenta las consecuencias ahora económicas que le acarreará.
- Si hubiera dinero en efect.? QUE PASA.
-el tema de las propied, en que momento se acuerda quien se queda con cada una. Está la que era asiento del hogar conyugal, y hoy lo ocupa la viuda. hay 2 +. una la del alquiler y un terreno. como se arregla o se acuerda la partición, en q momento? Todo es conversable, verdad?
- los informes hay q esperar a q termine la feria, xa sacar el tramite urgente. Aconsejás presentar el escrito y despues ampliar si surge otra prop. a nombre del causante?
- Yo no tengo matric. en pcia. xo me la prestan, o sea no será yo quien firme, xo sí quien lleve toda la sucesion. Ya está hablado con la viuda. Serviría me firme un poder, verdad?
Gracias de nuevo.
 #389373  por diegogvillamayor
 
hola:

1.- No es obligacion denunciarlos, eso lo evaluas vos. Y tu cliente
2.- los alquileres son parte de la sucesion
3.- Todos los bienes son parte de la sucesion, alguno llevan todo y otros no. (entende lo que quiero decir)
4.- cuando llegue ese momento preocupate.
5.- los bienes los podes denunciar despues de la declaratoria
6.- El poder se hace en favor del abogado que firma, lo que vos tenes que hacer es un convenio con ese letrado.

saludos.