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Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
 #388258  por estudiodeabogada
 
Hola, hago poco laboral, por eso les consulto este tema, vino a verme un albañil que trabajaba en negro desde hace 5 meses en una obra en construcciòn como albañil, el jueves el contratista le dijo que no tenía mas plata ppara pagarle, y por tal motivo no lo necesitaba mas, este hombre insistio ya que le debia dinero de otras semanas, y el contratista lo agredió motivo por el cual el albañil hace una denuncia por agresión. Me conviene mandar un tel. que ante negativa de tareas, aclare situación laboral........ y a quien se lo mando al contratista, al arquitecto que figura en el cartel de obra, que en definitiva era quien llevaba el dinero para pagar todass las semanas?, desde ya muchas gracias!
 #388514  por lorenam
 
Hola te cuento todo lo que es construccion se rige por la Ley 22250.
Pero si estaba en clandestinidad laboral seguramente no tenia la libreta que reglamenta esta Ley, razon por la cual mandale tcl a todos los vinculados con esta relacion laboral, y traza una liquidacion para poder conciliarlo, ya sea mediante Ministerio de Trabajo o Tribunal Laboral.
Suerte
 #388669  por maesap
 
Comparto lo que dijo la colega y agrego que aunque sea ley 22250 igualmente se aplica la 24013, asi q reclama la regularizacion de la relacion si estaba en negro.
Saludos!!
 #389027  por amignatta
 
Mil gracias!, les parece que primero mando tcl pidiendo regularización de relacion laboral, y de acuerdo a la rspuesta envio otro tcl, considerandose despedido y presentado liquidación? HAGO MENCÍON DE LA LIBRETA? OTRA VEZ GRACIAS
 #389863  por gusgoldstein
 
manda el tcl emplazandolos en 30 dias a que registren la relacion laboral con el apercibimiento de los arts 8 y 15 de la 24.013, si no te contestan o te niegan la relación laboral mandas otro tcl considerandote injuriado y despedido por su exclusiva culpa y ahi mismo los emplazas en 48 hs a que te abonen todo lo adeudado incluyendo en fondo de desempleo que preve el estatuto de la actividad.

saludos