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Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
 #389816  por meryjoe
 
Hola gente!!!
les consulto por lo siguiente:
Ante un despido verbal, en una relacion registrada con una parte en negro, a 2 dias de obtener una licencia por enfermedad, otorgada y solicitada de manera tmb de forma verbal, ademas de enviar TCL para q aclaren su situacion laboral se debe enviar lo de la licencia para q quede constancia de ello? debo enviar un TCL a la AFIP tmb? o mando a la afip cuando contesten o venza el plazo para hacerlo y recien ahi despedida mando a la afip?
 #389897  por bogatavo
 
Hola Meryjoe, podes incluir todo en el mismo telegrama: la intimación ley 24.013 y manifestar el tema de la enfermedad que el trabajador se encuentra en su domicilio (el empleador puede mandarle su propio médico) y certificados médicos a su disposición. La copia del telegrama para AFIP dentro de las 24 hs. (ver art. 11 ley 24.013 según ley 25.345 art. 47), en definitiva que el trabajador mande los dos el mismo día. Arma el telegrama x la intimación ley 24.013 con los recaudos de los arts. 8,9, 10 y el 11, este tema es importante fijate bien las normas. También podes intimar a que te respondan en el plazo de 48 hs conforme art. 57 de la LCT si registran o no, fijate que hay varios post sobre ese tema. Espero te sirva, saludos.
 #389920  por meryjoe
 
hola bogatavo!!! mm.. esta mañana envio solo un TCL donde solicita aclare situacion personal. Yo pensaba q todo lo q se debe reclamar por indemnizacion, asi como la notificacion de afip, es una vez q se efectivice el despido, ya sea directo o indirecto, como fue verbal...y lo de la licencia le dije q no la notifique, seria conveniente hacerlo?? tengo tantas dudas... jajajaja
 #390031  por bogatavo
 
meryjoe escribió:hola bogatavo!!! mm.. esta mañana envio solo un TCL donde solicita aclare situacion personal. Yo pensaba q todo lo q se debe reclamar por indemnizacion, asi como la notificacion de afip, es una vez q se efectivice el despido, ya sea directo o indirecto, como fue verbal...y lo de la licencia le dije q no la notifique, seria conveniente hacerlo?? tengo tantas dudas... jajajaja
Hola, no!!! fijate también el art. 15 de la ley 24.013 y Decreto 2725/1991 (art. 3º) reglamentario de la ley de empleo que establece que para que se produzcan los efectos previstos en el art. 11 debe estar vigente la relación laboral. Tampoco importa si es despido directo o indirecto, la injuria es bilateral y produce los mismos efectos. Una vez que la relación laboral no está vigente solo queda la indemnización del art. 1 de la ley 25.323. La intención de lo establecido en la ley 24.013 es que el empleador reflexione ante las multas y registre correctamente, por eso también la copia a AFIP y se mantenga la continuidad del contrato de trabajo (que además es un ppio). Algunos foristas se van a reir por que todos sabemos que la realidad va por otro lado. Como la relación anda mal mejor comunica fehacientemente todo. Saludos.
 #390093  por meryjoe
 
gracias!!!!! vere como sigo... o mejor hago un curso acelerado de derecho practico jaja, porq en los 6 años que pase en la uba nunca me dijeron como resolver un caso. Con alguien tendre q experimentar y por ahi equivocarme, asi me curto... supongo q muchos habran empezado como yo.. sin saber para donde correr jaajaja y los foristas q se rian... como vos decis... q la realidad pasa por otro lado...soy una novel abogada q tal vez pregunta obviedades!!! yo me rio de janeiro!!!!
saludos amigo y gracias de nuevo!!!!!
 #390115  por bogatavo
 
Hola maryjoe, para mi primer telegrama laboral me ayudo una amiga que a su vez fue asesorada por una ... de un juzgado!!!. No te preocupes este foro sirve para evacuar todas las dudas y si te remiten algún art o ley es por que ahí tenes la respuesta. Pasa que en gral en las universidades se estudia derecho por compartimentos estancos y los conflictos laborales a diario superan a cualquier manual, sino fijate los post de este foro. Ni hablar del tema honorarios profesionales. Esta bien los cursos, pero lo más importante es saber derecho estudiando día a dia; las dudas y cuestiones prácticas consultalos con un abogado de experiencia o aca. Todos empezaron de la misma manera, animo! Si haces laboral tenes Teoría y práctica del derecho del trabajo de Romualdi, es sencillo no soluciona todo, pero tenes intimaciones, liquidaciones, comentarios, etc. Saludos
 #390673  por meryjoe
 
gracias tabo!!! me levantaste un poco el animo!!! y bue... ojala algun dia pueda enviar un post pero para evacuarle dudas a algun forista!!!
saludiños!!