Hola!!
Pregunta: ¿En el caso de cumplir con el horario de trabajo, pero no trabajar, no sería más un "quite de colaboración"? Siempre me queda la duda respecto de las distintas medidas de fuerza. Comparto con sergiosky que si no se trabaja, no se cobra, porque lo que se garantiza mediante el derecho de huelga es conservar el lugar de trabajo, que no se pueda decir que existió abandono ... pero en ningún momento se habla de "huelga remunerada", más allá de conocer que en determinados ámbitos el pago de los días de huelga integraran la negociación para solucionar el conflicto de que se trate.
En el caso que se consulta, ¿no deberían ser previamente intimados a realizar su trabajo primero bajo apercibimiento de descuento del jornal?
Porque hay un incumplimiento deficiente por parte del trabajador, puesto que cumple su horario, existe presencia física, pero no realiza las tareas.
Saludos