Hola a Todos ! Les cuento la situaciòn es una Sra. de 62 años que tiene aportes de servicio domestico desde 2004 a agosto de 2006 . A causa de estos aportes de servicio domestico los cuales no los utilicè para calcular sicam ,a la sra. le dan las cuotas $ 409 ya que solo pude aplicar un solo año de art. 3 ley 24476 y tuve solicitar por turno la JAAP porque no se puede x internet si hay aportes posteriores a 1993 , voy bien?
Bueno el tema es que iniciamos la jaap x turno en cba capital y la remitieron a Cruz del eje y en cruz del eje la rechazaron con el argumento de que el monto de la cuota es superior a los 360 y en simples terminos como que no los tenìa pagado pese a que en el expte estaba incorporada paga la 1er cuota. A todo esto la Sra. viene pagando todas las cuotas en termino y tenemos todas los comprobantes de pago . Pedi una reapertura adm en cba y es mañana , el problema es que la Sra. ya no tenìa plata para pagar la cuota que vence el 22 de julio y la verdad yo tampoco la tengo como para prestarsela .
Mi miedo es que vuelvan a rechazarla con esa cuota impaga . Alguien sabe si puedo invocar alguna resolucion o algo que la ampare, en realidad tengo entendido que cuando alguna cuota no esta paga te pueden suspender el beneficio pero no es motivo para rechazar jubilacion o no?
Por favor necesito que alguien me diga que es lo que puedo hacer. Desde ya muchas gracias a todos!!!
Bueno el tema es que iniciamos la jaap x turno en cba capital y la remitieron a Cruz del eje y en cruz del eje la rechazaron con el argumento de que el monto de la cuota es superior a los 360 y en simples terminos como que no los tenìa pagado pese a que en el expte estaba incorporada paga la 1er cuota. A todo esto la Sra. viene pagando todas las cuotas en termino y tenemos todas los comprobantes de pago . Pedi una reapertura adm en cba y es mañana , el problema es que la Sra. ya no tenìa plata para pagar la cuota que vence el 22 de julio y la verdad yo tampoco la tengo como para prestarsela .
Mi miedo es que vuelvan a rechazarla con esa cuota impaga . Alguien sabe si puedo invocar alguna resolucion o algo que la ampare, en realidad tengo entendido que cuando alguna cuota no esta paga te pueden suspender el beneficio pero no es motivo para rechazar jubilacion o no?
Por favor necesito que alguien me diga que es lo que puedo hacer. Desde ya muchas gracias a todos!!!