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  • Ingresos Brutos consulta urgente

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 #386400  por loli
 
Hola a todos querria consultar algo que me colgue de hacerlo en virtud que estoy trabajando en capital y no tuve tiempo y tampoco me daban las horas `pra realizar el tramite de ingresos brutos mi pregunta es la siguiente.........estoy matriculada en prov y nunca hice ningun tramite en arba por ing brutos ya que no facture nada desde que me matricule lamentablemente yo me matricule en el 2006, debo hacer algo..por favor escucho recomendaciones y que tramites tendria que realizar ya que recien estoy empezando aunque sin facturara todavia
muchas gracias....
 #386519  por lakabra
 
Inscribite urgente, y como inicio de actividad pone una actual porque sino Arba te va a matar...

En Afip te inscribiste???

Saludos
 #388571  por loli
 
me contestaron en este foro pero en tributario que el art 158 del codigo fiscal de la Prov no era necesario si todavia no estoy cobrando???? ahora me dieron duda si me matricule pero nunca facture al dia de la fecha que hagoooooooo??? please ayuda
en la afip si estoy como monotributista....
 #388579  por docthos
 
efectivamente es como te indicaron en el foro de tributario nosotros tributamos cada vez aque percibimos y no existe gravabilidad por el solo hecho de ser abogado matriculado, el tema que podes llegar a tener alguna complicacion es si tenes caja de ahorro y te ingresa algo que no sea cuenta sueldo teniendo domicilio fiscal en pcia de bs as te van a descontar de iibb igualmente
 #390446  por KELYNA
 
loli escribió:Hola a todos querria consultar algo que me colgue de hacerlo en virtud que estoy trabajando en capital y no tuve tiempo y tampoco me daban las horas `pra realizar el tramite de ingresos brutos mi pregunta es la siguiente.........estoy matriculada en prov y nunca hice ningun tramite en arba por ing brutos ya que no facture nada desde que me matricule lamentablemente yo me matricule en el 2006, debo hacer algo..por favor escucho recomendaciones y que tramites tendria que realizar ya que recien estoy empezando aunque sin facturara todavia
muchas gracias....
Loli

Te cuento mi experiencia, cuando recien me recibi me matricule en Capital y Prov, y por consejos de otro letrado me anote en Rentas (actual Arba), el tema es que si vos ejerces en ambas jurisdicciones te conviene Convenio Multilateral. (dado que en Cap como profesional estas exenta y pagas solo la parte de prov).

Ahora si solo ejerces en prov, bueno en ese caso si tendrías que hacer el tramite ante ARBA. En la actualidad pagas un anticipo mensual que (se reduce a la presunción que ARBA hace de tus ingresos).

Con respecto a las facturas, te conviene mandarlas a imprimir una vez que ya tengas el número de inscripción, ya sea ante ARBa o convenio.-

Espero te sirva, saludos cordiales.-
 #391373  por tuchi09
 
[quote="KELYNA"][quote="loli"] Te cuento mi experiencia, cuando recien me recibi me matricule en Capital y Prov, y por consejos de otro letrado me anote en Rentas (actual Arba), el tema es que si vos ejerces en ambas jurisdicciones te conviene Convenio Multilateral. (dado que en Cap como profesional estas exenta y pagas solo la parte de prov).quote]

Aprovecho para consultarte: yo me matriculé el año pasado en capital.- Como recién ahora me están llegando casos propios para litigar, me inscribí en afip de capital como monotributista, y voy a hacer en rentas de capital el trámite de IB, justamente para estar exenta del pago.- Ahora estoy pensando en matricularme tambien en provincia, ya que la mayoria de los casos que tengo son de aquí.- Como hago con el tema de IB? tengo que hacer algun otro tramite en arba o con la inscripcion en capital es suficiente?
 #391442  por KELYNA
 
Mira, yo estuve anotada en Prov (Arba) y ultimamente con el tema de las presunciones estaba pagando mucho mensualmente, como ejerzo en ambas jurisdicciones en Mayo me pase a convenio multilateral. A mi criterio te conviene entrar en Convenio Multilateral, ya que vas a ejercer en ambas jurisdicciones, y en convenio pagas un porcentaje de sobre lo que facturas en provincia porque en Cap estarias exenta.

Si queres podes hacer la consulta en el foro de tributario.

Saludos cordiales