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Lugar de consulta entre los colegas sobre lo que estipulan las Leyes Arancelarias que rigen nuestra profesión.
 #389123  por Sergio1234
 
No estoy ejerciendo la profesion y me siguen llegando casos, los cuales estoy derivando a otro abogado.
Quisiera consultar si existe la posibilidad de acordar con el abogado a quien le delego los caso algun porcentaje o monto de los honorarios, en caso de ser posible, si tiene sustento legal o sea alguna norma en particular y como se hace comunmente.
Muchas gracias
 #389132  por SOL DE OTOí‘O
 
PERDON, no entendí bien. Sos ABOGADO y no ejercés la profesión o no tenés nada que ver con la profesión. Si es esto último creo que no merecés cobrar nada porque sos seguro uno de esos "administrativos" que no tienen título ni nada y se quieren hacer los especialistas en leyes. Después somo nosotros los que tenemos que sacar al cliente de los líos en que los meten. Conozco varios de esos.
Suficiente tiempo pasamos nosotros estudiando en la facultad para que todavía pretendan hacerse unos pesos a costillas nuestras.
Para el caso que seas ABOGADO y no ejerzas, sabrás que hacer...
 #389965  por Sergio1234
 
Quisiera aclarar que estudie derecho 6 años y soy abogado. Aunque no ejerzo la profesion ya que dedico mi tiempo a un emprendimiento comercial familiar.
Soy referente de muchas personas por la seriedad que caracteriza mi actitud profesional, es por ello que aunque no ejerzo algunas personas me consultan sobre sus derechos vulnerados. Siendo responsable y entendiendo que no dedico mis esfuersos a litigar, es que derivo a otros profesionales que si lo hacen y muy bien por cierto.
Aclarado el tema, espero que alguien me pueda ayudar respecto de mi inquietud.
 #390072  por chiqui79
 
YO ENTIENDO QUE SI NO ESTAS MATRICULADO NO TE CORRESPONDE COBRAR HONORARIOS DE NINGUN TIPO. PARA CUALQUIER EJERCICIO DE LA PROFESION DE ABOGADO (SALVO LA DOCENCIA Y EL PODER JUIDICIAL), ASESORAMIENTO, DERIVACIONES, TRAMITES, ETC... SI QUERES COBRAR DEBES COLEGIARTE, YA QUE LA COLEGIACION ES OBLIGATORIA. CON ELLO DEBERAS PAGAR APORTES PREVISIONALES, AFIP, IIBB, MATRICULA; Y AHI PODRIAS FACTURAR Y PERCIBIR HONORARIOS, SINO NO, SERIA UNA EVASION IMPOSITIVA Y PREVISIONAL A LA CAJA.
 #390148  por diegogvillamayor
 
si uno de nosotros, abogados matriculados, te lleva un cliente a tu comercio vos le pagas? cuanto?
hace la misma cuenta con el colega.
 #390537  por chiqui79
 
y agrego a lo dicho por dicho que comparto.... si no trabajaste vos porque le queres cobrar al colega???? o vos hiciste algo??? la mera derivacion no te hace factible de percibir honorarios, los honorarios son producto del trabajo realizado.
 #390648  por Alejandra Radua
 
No lo tomen a mal, pero se acostumbra a dar una participación a aquel que consigue clientes, en todas las profesiones.
 #390676  por chiqui79
 
:( ah si??? yo le lleve un monton de pacientes a mi medico de cabecera y no pedi retribucion por ello.
Creo que una cosa es arreglar con el letrado si él de buena voluntad te quiere participar de los honorarios de lo que EL trabaja, y otra muy distinta es creerse con derecho a cobrarlo. hay una diferencia. Derecho a percibir eso no tenes. Es más el otro tiene derecho a percibir sus honorarios en forma integral por lo que trabajo.
Yo te propongo que si queres cobrar honorarios por gestiones judiciales te matricules y las lleves vos adelante, no pretender cobrar de lo que otro trabajo.
Mi humilde opinion.
 #390679  por Alejandra Radua
 
chiqui79 escribió::( ah si??? yo le lleve un monton de pacientes a mi medico de cabecera y no pedi retribucion por ello.
Creo que una cosa es arreglar con el letrado si él de buena voluntad te quiere participar de los honorarios de lo que EL trabaja, y otra muy distinta es creerse con derecho a cobrarlo. hay una diferencia. Derecho a percibir eso no tenes. Es más el otro tiene derecho a percibir sus honorarios en forma integral por lo que trabajo.
Yo te propongo que si queres cobrar honorarios por gestiones judiciales te matricules y las lleves vos adelante, no pretender cobrar de lo que otro trabajo.
Mi humilde opinion.
chiqui: Me estás respondiendo a mía? no hace falta que me matricule. Ya lo estoy.
 #390688  por chiqui79
 
no, le estoy respondiendo al forista. perdon si no lo aclare. Solo segui con el hilo de lo que contestaste, perdon si no se entendio.
 #390737  por diegogvillamayor
 
coincido con chiqui es el abogado matriculado, el que hace el caso el que debe determinar o arreglar con el otro que no hace nada cuanto le da, si es que le da algo, y no al reves......
Se sabe que se comparten honorarios y demas, pero no es el que lleva el cliente el que determina cuanto sino el que hace todo y pone su matricula....


saludos.
 #413342  por lunita_44
 
Legalmente no hay norma alguna, pero se estila y muuuuuucho donde yo vivo!! hace un pacto, podes llevarte un 30%... de donde sos??