bueno, yo lo comenté con Dal a ésto pero lo posteo aquí. El chico al salir del trabajo se pelea en la esquina con otro compañero. De tal evento sale con el meñique fracturado. Se hace atender por la obra social, donde le dicen que tiene que ir a la ART. El pibe lo consulta con el empleador, y este le dice que la ART no le va a cubrir porque fue culpa de él...
Ahora bien..yo quiero hacer la denuncia a la ART por accidente in itinere (una caída, un atropello de bicicleta, u otro) para que la ART lo cubra...pero todo dependerá de lo que escribieron en la obra social en la historia del muchachito...
Que opinan?...como mucho se lo van a rechazar al reclamo por tal o cual razón y ahí lo dejamos...pero por ahí pasa, y cobra algo por el dedo enyesado que tiene.
Encima es cartero y lo mandaron a trabajar igual (en bicicleta)...son unos h...de..p.
Yo no creo que la art pregunte de que se quebró el dedo el pibe, sino como mucho a que hora salió del trabajo, porque salió a las 17, se pelea 10 minutos después, y tipo 18.30 llega a atenderse a la obra social.}, por lo cual si denunciamos un accidente en el camino tipo 17.40 o 18 hs. podría andar no???.
Yo también pensé que se joda, pero bue, de ésto vivimos no???. no sé si me entienden colegas...