Buenos dias, los consulto porque en la empresa en que estoy (multinacional), trabajamos en turnos rotativos, iniciando el turno de noche el lunes a las 00:00 hs hasta las 06:00 y volviendo a ingresar ese misno lunes a las 22.00 (figuran en el reloj de marcar 14 hs. ese dìa), terminando la semana el sàbado a las 06:00 hs.. Cuando los lunes son feriados, entramos a las 00:00 del martes y otra vez a las 22:00 .Mi consulta es si debieran pagarse como hs. extras esas 6 hs. y si son compensatorias, porque ellos se ganan un turno y para mì, yo estarìa hasta las 22:00 de ese lunes en mis hs. de descanso, ademàs si por ley se considera domingo hasta las 06:00 del lunes segùn el convenio colectivo (aceiteros), muchìsimas gracias.
Un abrazo
Un abrazo