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  • DELITO DE ESCRIBANO

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 #390969  por guican
 
ESCRIBANO NO ENTREGA ESCRITURA

Hola, les queria comentar el tema que motiva el presente. Resulta que mi cliente, que vive en Buenos Aires, compro y pago un terreno en Mendoza ante una escribana de San Juan. Las partes firmaron la escritura entregandole a mi cliente copia simple firmada de la escritura. Hay que tener en cuenta que la escribana ya cobro por sus honorarios y retuvos todos los impuestos y sellados correspondientes.
Por lo expuesto, habiendo pasado mas de un año desde la fecha de la firma de la escritura, sin que la escribana le entregue a mi parte el testimonio inscripto en el Registro de la propiead inmueble de Mendoza, nos encontramos analizando que curso de accion tomar a fin de la escritura. Para ello, les agredecería que me hagan llegar sus opiniones respecto a la conveniencia de entablar acciones y penales contra la escribana.
Podria tipificarse el delito como retencion indebida? Resultaria competente el lugar donde se firmo la escritura o es posible demandar en Cap. Fed?
Saludos. Guillermo
 #391083  por poorlaw
 
Hola Guillermo:

Comparto la opinión de martinhm77 que posteó en el hilo similar del foro civil, para mí no hay delito de retención indebida, porque la escritura no fue entregada a la escribana por un acto anterior, con obligación de devolver.

Por lo que leí allá, el informe de dominio no dá cuenta de ninguna inscripción, siquiera provisoria.

Solo queda intimar por cd, darle un plazo y, si persiste el incumplimiento, solicitar judicialmente a que se condene a la escribana a entregar la escritura más costas.

También podría solicitar la ejecución de la escritura por otro a costa de la deudora (art. 505, inc. 2 CC).
Saludos.
 #391241  por PenalistaCBA
 
guican escribió:ESCRIBANO NO ENTREGA ESCRITURA

Hola, les queria comentar el tema que motiva el presente. Resulta que mi cliente, que vive en Buenos Aires, compro y pago un terreno en Mendoza ante una escribana de San Juan. Las partes firmaron la escritura entregandole a mi cliente copia simple firmada de la escritura. Hay que tener en cuenta que la escribana ya cobro por sus honorarios y retuvos todos los impuestos y sellados correspondientes.
Por lo expuesto, habiendo pasado mas de un año desde la fecha de la firma de la escritura, sin que la escribana le entregue a mi parte el testimonio inscripto en el Registro de la propiead inmueble de Mendoza, nos encontramos analizando que curso de accion tomar a fin de la escritura. Para ello, les agredecería que me hagan llegar sus opiniones respecto a la conveniencia de entablar acciones y penales contra la escribana.
Podria tipificarse el delito como retencion indebida? Resultaria competente el lugar donde se firmo la escritura o es posible demandar en Cap. Fed?
Saludos. Guillermo

Colega... primeramente le recomiendo enviar una CD al notario solicitándole le rinda cuenta de la gestión encomendada, y por sobre todo la raz'ón de la demora en efectuar la inscripción registral. La respuesta a dicha CD le ayudará a evaluar mejor el accionar. Pues puede que el problema esté en el registro (de la pripiedad) de dicha jurisdicción, y la mora se deba a ello (observaciones, re-observaciones, etc.).

Esto lo digo por experiencia propia, pues en un caso particular me demoró casi DOS AÑOS!!!!... :evil: .... el inscribir un campito en el norte, y la demora se debía al registro de la propiedad de la jurisdicción y NO al notario... :cry: