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Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
 #388718  por jaz
 
Hola!, les cuento el caso, él causante suscribió dos planes para adquirir 2 automotores. Al fallecer, el seguro de vida los canceló es decir que están pagos. Cómo hago para transeferir directamente los autos, sin tener que pasar por el patentamietno a nombre de los herederos, es decir queiro vender esos planes que entiendo que se pueden cambiar por otros autos del mismo valor y que directamente se los adjudiquen a los nuevos compradores para tener menos gastos. No se si debo ver el tema con la consecionaria o con la marca del auto que le vendió los planes. Gracias!
 #391416  por jaz
 
Alguien sabe cómo lo podría manejar?
 #391481  por bogatavo
 
Hola jaz, sin perjuicio de que todos los foristas son abogados, este foro es laboralista. Porque no lo posteas en civil. Por lo menos a mi la respuesta de una no me sale. Saludos.
 #391694  por DAL
 
En mi jurisdiccion no podrías hacerlo, salvo denunciar los bienes en el sucesorio, y en el hacer cesion de derechos a los compradores y que ellos hagan la transferencia. Lo unico que se ahorra es una transferencia pero el costo de la sucesion va a incluir los valores de los autos como activo.
 #392259  por jaz
 
Si están denunciados en el sucesorio la idea es no tener que patentarlos a nombre de la sucesion y luego poder venderlos, ahorrar ese paso. Pero o se como materliazarlo. Es decir están denunciados las suscripciones de los planes, ahora iba a pedir por oficio que la concesionaria informe sobre el estado de estos planes, que van a infromar que están cancelados, pero luego debería realizar una cesión de estos planes a nombre de los compradores? lo hago ante escribano? o directamente hago como una cesion privada con firma certificada y la acompaño al exte?