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  • regimen de visitas provisorio....???????

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A pedido de los usuarios, un nuevo Foro dedicado exclusivamente al Derecho de Familia
 #389715  por alejandralagos
 
Chicos, tengo una duda super tonta, que seguramente uds. me sabran aclarar......
Yo quiero presentar la demanda por regimen de visitas.....el tema es el ssiquiente........
Hasta que el juez fije audiencia, no hay visitas, y yo en la misma demanda quiero pedir un regimen provisorio......
se puede pedir eso??????
o se espera para la audiencia y en el caso que alli no se llegue a un acuerdo se pide el provisorio??????
Por fa que alguien em aclare esto.......y si tuvieran un modelo en el cual hayan presetnado algo parceido se los agradeceria........
Gracias....
Alejandra
 #389717  por docthos
 
ale no si en neuquen tienen tb etapa previa como aca , pero al menos en bs as no tenes que presentar demanda, en la audiencia s edebate el tema si se acuerda eso queda definitivo, pero puede pasar que se pacte que el demandante acepta como provisorio a fin de gozarlo hasta tanto interponga demanda (ahi se pide mantencion del provisorio ) y se discierna el definitivo
 #389758  por alejandralagos
 
No, aca no hay etapa Previa docthos, calculo que el regimen debe ser como en Buenos Aires provincia............yo lo que no estoy segura es que si en la demanda de regimen de visitas debo solicitar como apartado la fijacion de un regimen providsorio..........
Alguien me lo podria contestar??????
gracias!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!
Ale
 #389840  por chiqui79
 
no hay conciliacion tampoco luego de interpuesta la demanda???? Cuanto tiempo tienen hasta la audiencia??? Aca la audiencia se pone con un mes, con lo cual no tiene sentido pedir provisorio porque entre que lo notificas y todo se te paso el plazo. En la audiencia la van a obligar a retomar el vinculo.
 #391721  por marianmollet
 
tengo uno en pcia de bs as, donde aun no funciona el fuero de flia.
Yo pedi el reg provisorio como cautelar, y el criterio del juzgado es no otorgarlo hasta despues de la primer audiencia conciliatoria (una vez que se interpuso la demanda). Luego de esta aud. como no hubo acuerdo, ahi si fijaron cautelarmente el provisorio. Y por lo general siguen con ese, salvo que surjan demasiados desacuerdos entre las partes, caso en que se abre a prueba y luego de producida, definen.
saludos!