Queridos colegas en un juicio laboral iniciado en capital, tengo un testigo domiciliado en provincia, el juzgado me envio el siguiente proveido
Hagase saber a las partes que la citacion de personas domiciliadas fuera de la jurisdiccion deljuzgado se efectuara pro medio de cedula ley 22172: La parte interesada en la citacion tendra la carga de acreditar el diligenciamienteo dentro del quinto dia de notificada la presente y devolverla debidamente diligenciada hasta el momento de la audiencia bajo apercibimiento de tenerla por desistida.
El juzgado me adjunto la cedula ya confeccionada y sellada por el juzgado en dos copias.
Mi pregunta es la diligencio por medio de una gestoria o en la oficina de notificaciones. Si algun colega por favor me puede explicar donde queda y el procedimiento.
Gracias
Hagase saber a las partes que la citacion de personas domiciliadas fuera de la jurisdiccion deljuzgado se efectuara pro medio de cedula ley 22172: La parte interesada en la citacion tendra la carga de acreditar el diligenciamienteo dentro del quinto dia de notificada la presente y devolverla debidamente diligenciada hasta el momento de la audiencia bajo apercibimiento de tenerla por desistida.
El juzgado me adjunto la cedula ya confeccionada y sellada por el juzgado en dos copias.
Mi pregunta es la diligencio por medio de una gestoria o en la oficina de notificaciones. Si algun colega por favor me puede explicar donde queda y el procedimiento.
Gracias