Hola, quisiera saber si tienen jurisprudencia o datos claros de la fecha que se toma como base para indemnizar una persona que ingreso en el año 2003 renuncio en el 2007 y luego fue vuelta a tomar,.. actualmente se decide su despido y para un contador la antigüedad se la computa a todo efecto desde el 2003 y justamente para el otro solo el año desde el reingreso.- Gracias!!
SOLE.-