Buenas! Se me ha presentado un caso al que no le encuentro la vuelta, si alguien puede darme una mano, se lo agradezco. El tema es el siguiente: en un edificio (el consorcio sería mi hipotético cliente), contrataron hace 21 años a una sra. como encargada. Esta sra. sufre problemas cardíacos, según me han dicho, desde el inicio de la relación laboral (quien la contrató estaba al tanto de ésto). La mujer vive con su marido en un depto del edificio, se encuentra registrada, pero el que hace todo el trabajo es su marido, quien por otro lado, es un señor mayor y si bien hace lo que puede, el mantenimiento del edificio deja mucho que desear.
El tema es que el consorcio quiere arreglar esta situación, ya que les está resultando demasiado oneroso y el trabajo no se está cumpliendo bien.
Por otra parte, en caso de que algo le ocurra al marido en el desempeño de las funciones (ya que es una persona mayor y no goza de buena salud), podría ocasionar problemas al consorcio).
En definitiva, lo que quiere el consorcio es despedir a la encargada, pero tendríamos que encontrar alguna causa de justificacion, que de hecho existe (no realización de sus deberes a causa de su enfermedad), para atenuar la indemnización que deberían pagar. Espero haber sido clara, y desde ya, agradezco sus opiniones.
El tema es que el consorcio quiere arreglar esta situación, ya que les está resultando demasiado oneroso y el trabajo no se está cumpliendo bien.
Por otra parte, en caso de que algo le ocurra al marido en el desempeño de las funciones (ya que es una persona mayor y no goza de buena salud), podría ocasionar problemas al consorcio).
En definitiva, lo que quiere el consorcio es despedir a la encargada, pero tendríamos que encontrar alguna causa de justificacion, que de hecho existe (no realización de sus deberes a causa de su enfermedad), para atenuar la indemnización que deberían pagar. Espero haber sido clara, y desde ya, agradezco sus opiniones.