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Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
 #393084  por carolalex
 
Buenas a Todos!!! soy nueva en el foro. Y queria consultar y ver si alguien me puede dar una mano con esto:
Tengo un cliente que trabajaba en un consorcio como " vigilador nocturno", hace un año lo despiden e indemnizan y homologan por presentacion espontanea en el seclo. Le pagan todo tal cual le corresponde. El consorcio lo manda ha hacerse examen de salud. El cliente tiene 75 años. y sale en el estudio que tiene marcapasos. a los pocos meses de haber arreglado en el seclo se tuvo que operar y le pusioron otro marcapasos nuevo. La pregunta es: si puedo iniciar algo por enfermedad inculpable? , y si tengo que iniciar Seclo previamente?. Muchas Gracias
 #393245  por dradilella
 
Hola, disculpa pero el marcapasos se lo cambiaron por algo que estuviera relacionado con el trabajo? De todos modos te cuento que haber cerrado un seclo en virtud de la relacion de trabajo cuando dice "nada mas tendra que reclamar en virtud del contrato de trabajo entre las partes" no se refiere a accidente-enfermedad. o sea que siempre queda abierta la via excepto que se consigne expresamente que el monto a percibir por el trabajador es en virtud de una enfermedad o accidente y el mismo se homologue. Saludos.
 #393295  por DAL
 
Es una dolencia inculpable e inculpable quiere decir que si no es autoprovocada por el trabajador y no tiene relacion con el trabajo.
Además esta lo de que extinguio el reclamo pero hay que ver los terminos del acuerdo apra estar seguros que se transó. Pero si no hay relación entre la dolencia y el trabajo, el empleador no tiene responsabilidad.
 #394454  por carolalex
 
Muchas Gracias por sus comentarios!. Dra Dilella. En realidad el marcapaso se lo agregaron, tenia dos y al finalizar la relacion laboral le agregaron otro. El cliente dice que como le habian cambiado el horario de trabajo el 29/3/2007 . trabajaba en forma diurna de 12 a 20 hs. todo el tiempo debia estar de pie. y eso agravo su estado de salud.
No estoy muy segura por que ya pasaron mas de dos años que le cambiaron el horario- Como me conviene iniciar esto???. debo mandar telegramas? inicio seclo por enfermedad profesional?
Espero sus respuestas
Saludos
 #394478  por DAL
 
El cambio fue consentido, y paso mucho plazo. Ademas con la edad que tiene, que médico te firma que esto es consecuencia excluisva del trabajo y no de su vida????????????'' esto es lo primero.
Lo segundo es ver bien que transó en ese acuerdo. Tenes que conocer que es una transaccion, sus efectos, comparar el conflicto y ver si hubo transaccion en los terminos del 15L CT.
 #394492  por carolalex
 
Hola DAL: El acuerdo es en terminos del art 15 LCT . el empleador entrega el monto por todo concepto a los rubros de liquidacion final y el empleado lo acepto, sin tener mas nada que reclamar. el acuerdo se homologo en abril de 2008. y a i también me parece que no corresponde que pida nada por que aparentemente por lo que me imagino es un ex fumador, y tengo miedo que salte en algun analisis que le hagan en el juicio. Pero vieron como es la gente, siempre quiere sacar plata de algun lado. No digo que a mi no me guste la plata pero tengo un poco de etica y un limite, que seguramente es por que hace poco estoy ejerciendo.

QUE ME ACONSEJAN??. Nunca hice un reclamo por enfermedad profesional.! me pueden decir como es el proceso y si es que lo mandan a algun medico a revisarse.?
Gracias nuevamente.
 #394533  por DAL
 
En general se considera que lo que fue materia de la transaccion esta extinguido.
Hay un plenario muy viejo que dice que la clausula "no tendrá nada más que reclamar" implica validamente la extinción de toda posibilidad de reclamo. El art. 15, cuando lo manda al juez que evalue si hay una justa composición de intereses, cierra la posibilidad de ulterior reclamo, por esto es tan importante homologar los convenios.

Pero no se puede transar lo que no se sabe, por lo que leí alguna jurisprudencia que te dice que si era desconocido el hecho para el trabajador, no pudo haber transado sobre el tema. Es decir, cubre bien enfermedades porque las otras cosas el trabajador no las pudo ignorar!!!

Lo que tenes que determinar es si lo que tiene es consecuencia del trabajo y esta es una opinion médica y no jurdícida. Si el caso te interesa, hacelo ver por un legista, lo complicado es que casi siempre lo paga el abogado, asi que para poenr o no plata tenes que saber que la cosa camina, salvo que tu cliente lo pague al legista el mismo. Si el caso no te interesa, decile que EL te traiga por escrito un dictamen de SU medico donde le dice que la colocación del marcapasos o la agravacion de su dolencia es consecuencia directa de su trabajo. Dudo muy seriamente que el medico se lo de!!!! Pero el trabajador se quedará tranquilo. Ahora si el médico se lo da, su reclamo esta fundado!. Avanti.
 #394547  por carolalex
 
muchas Gracias DAL!!, Aplicare tus consejos.
Saludos!!!