Perdón mi desconocimiento. Quisiera si alguien me explica como es el tema cuando las partes van a la segunda audiencia del seclo ya con un acuerdo de palabra. ¿el conciliador redacta el acuerdo? O hay que llevarlo? quien? la parte requerida o requirente? Luego de firmado ese acuerdo se manda al seclo a homologar y donde lo tengo q ir a buscar y en cuanto tiempo? Muchísimas Gracias!!!!!!!!!!!