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Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
 #393576  por pablorix
 
Perdón mi desconocimiento. Quisiera si alguien me explica como es el tema cuando las partes van a la segunda audiencia del seclo ya con un acuerdo de palabra. ¿el conciliador redacta el acuerdo? O hay que llevarlo? quien? la parte requerida o requirente? Luego de firmado ese acuerdo se manda al seclo a homologar y donde lo tengo q ir a buscar y en cuanto tiempo? Muchísimas Gracias!!!!!!!!!!!
 #393596  por bogatavo
 
Hola pablorix, el conciliador redacta el acuerdo según los términos acordados por las partes. Luego de firmado el acuerdo, el conciliador lo manda al SECLO para su homologación, no tenes que hacer el tramite vos. En cuanto al tiempo para la homologación, el conciliador te lo indica. Espero te sirva, saludos
 #393618  por pablorix
 
Gracias por tu respuesta. Pero tengo que ir a buscar el acuerdo homologado cuando el conciliador me diga a su oficina?? ademas: ¿ a mi cliente le entregan el cheque una vez homologado? o en la oficina del conciliador??
 #393642  por bogatavo
 
Te van a entregar una copia del acuerdo, el conciliador manda otra para homologar (son pocos días) y una vez homologado el empleador paga. Generalmente la audiencia de pago se hacen en las oficinas del conciliador, ya que también se le paga su trabajo de conciliación. Todas las fechas te las va a dar el conciliador y los acuerdos realizados por el conciliador siempre se homologan, aunque existe el supuesto en la ley de que el SECLO no homologue y le notifica al concialiador tal situación, para que realizan otro con otras pautas (en la práctica no ocurre). Saludos.