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  • USUCAPION COMPLICADA

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 #393569  por ErnestoPel
 
Necesitaria que algun alma gentil, me de su opinion con respecto al tema que estoy llevando
Se inició una Usucapion contra el Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires (c/ mediacion previa). Para esto el letrado indicó en la demanda que el titular registral del inmueble fallecio. Indicó que un Juzgado decretó la vacancia sucesoria. Y al quedar vacante la herencia pasa en manos del GCBA. Por x motivos paso a intervenir en el caso y el juzgado me pide que aclare CON RAZON quienes son los demandados habida cuenta que hay un titular registral. El tema es: ¿amplio la demanda contra el fallecido y sus herederos? o ¿solicito remision como medida preliminar de copia del expediente que decreto la vacancia para fundar la legitimacion pasiva del GCBA?. Que me conviene? GRACIAS
 #393619  por fepe
 
Lo primero que yo haría es pedir un informe de dominio para ver a nombre de quien se encuentra el bien.

Si todavía figura a nombre del fallecido, lo que intentaría es presentarme en la sucesión directamente, plantear la prescripción adquisitiva y si camina así, que se inscriba directamente por vía de la sucesión. Te adelantas a que pase a nombre del GCBA.

Esto lo vi una vez pero en provincia, se planteo dentro de la sucesión la usucapion de uno de los bienes y caminó. Habia herederos en este caso. Pero no creo que varíe mucho para este caso.

Si del informe de dominio resulta que ya se hizo la transferencia del bien, entonces si va la usucapión contra el GCBA si es quien figura como titular. Considero que ya no correspondería demanda alguna contra los eventuales herederos (que decis que no hay) y menos contra el difunto (porque ya se desprendió de la titularidad del bien).

Lo que tengo claro es que tenés que ir contra el titular registral. Quien es te lo dice el informe de dominio.

Igual esperá mas comentarios, a ver si alguien lo tiene un poquito más claro.

Saludos.
 #393645  por ErnestoPel
 
Eso no lo habia pensado, el tema es que en el expediente esta el Informe de Dominio, es bastante reciente y esta a nombre del fallecido. La sucesion se hizo en Provincia de Buenos Aires, y por la locacion del inmueble, este pasaria al erario del GCBA. Puede que me este complicado sin motivos, pero cada cosa que pienso le encuentro un pero. Muchas Gracias por tu respuesta "fepe".
 #393708  por fepe
 
Entonces yo me presentaría en la sucesión. Porque el titular del bien y legitimado es el difunto, así que para mi tenés que ir a la sucesión. Yo le metería pata antes que se inscriba a nombre del GCBA, para transferir directamente del difunto a tu cliente y te ahorras seguir un juicio de usucapion por separado que puede resultar medio complejo.