Portal de Abogados

Un Sitio de Ley 

  • Urgente ayuda con preaviso y licencia por enfermedad

  • Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
 #394187  por cysi
 
buenas noches foristas:
tengo una duda, situacion empleado al que se le curso el preaviso hace 20 dias, antes de ayer manda un telegrama notificando a la empresa que se encuentra enfermo y que le dieron 30 dias de reposo (ya venia faltando mucho antes de la enfermedad, ni bien se le curso el preaviso), en el telegrama dice que se suspende el preaviso (reitero fue 20 dias antes de la enfermedad) y que tiene licencia por 30 dias y que el certificado se encuentra a disposicion de la empresa.
Preguntas: 1) Se le curso preaviso antes, se suspende este por enfermedad posterior (licencia por enfermedad)?
2) El empleador nunca tomo ninguna mediada por las faltas anteriores
3) El empleador tiene que ir a buscar el certificado de enfermedad al domicilio del empleado.
Necesito por favor la opinion de quienes ya los lei antes *leo* y tienen una voz muy calificada en el tema.
Muchas Gracias
Cysi
 #394212  por cuervita
 
Hola , esto dice Grisolia: Tomo II

De todos modos, la eficacia de la notificación del preaviso depende de la prestación de tareas, lo cual ha sido expresamente contemplado en el art. 239 Ver Texto , LCT, del cual pueden extraerse las siguientes pautas:

— en caso de que el trabajador esté trabajando normalmente no se presentan inconvenientes;

— si el contrato está suspendido por alguna causa que genera derecho a percibir remuneración —enfermedad o accidente inculpable, accidente de trabajo o enfermedad profesional, vacaciones—, el preaviso no tiene efecto, salvo que haya sido otorgado para empezar a correr una vez finalizada la suspensión: en tal caso es válido;

— si la suspensión no genera derecho a percibir remuneración —disciplinaria, por fuerza mayor, etc.—, el preaviso es válido, pero a partir de su notificación y hasta el fin del plazo (uno o dos meses) el empleador tiene la obligación de pagar salarios;

— si la suspensión del contrato fuese sobreviniente a la notificación del preaviso, es decir, si se produjera durante el término del preaviso, el plazo se suspende hasta que cesen los motivos que la originaron. Se computa lo corrido hasta entonces y se vuelve a computar cuando finaliza la suspensión sobreviniente. entiendo que ese seria el caso.
De todos modos espera otra opinion .
saludos!!
 #394217  por cysi
 
cuervita escribió:Hola , esto dice Grisolia: Tomo II

De todos modos, la eficacia de la notificación del preaviso depende de la prestación de tareas, lo cual ha sido expresamente contemplado en el art. 239 Ver Texto , LCT, del cual pueden extraerse las siguientes pautas:

— en caso de que el trabajador esté trabajando normalmente no se presentan inconvenientes;

— si el contrato está suspendido por alguna causa que genera derecho a percibir remuneración —enfermedad o accidente inculpable, accidente de trabajo o enfermedad profesional, vacaciones—, el preaviso no tiene efecto, salvo que haya sido otorgado para empezar a correr una vez finalizada la suspensión: en tal caso es válido;

— si la suspensión no genera derecho a percibir remuneración —disciplinaria, por fuerza mayor, etc.—, el preaviso es válido, pero a partir de su notificación y hasta el fin del plazo (uno o dos meses) el empleador tiene la obligación de pagar salarios;

— si la suspensión del contrato fuese sobreviniente a la notificación del preaviso, es decir, si se produjera durante el término del preaviso, el plazo se suspende hasta que cesen los motivos que la originaron. Se computa lo corrido hasta entonces y se vuelve a computar cuando finaliza la suspensión sobreviniente. entiendo que ese seria el caso.
De todos modos espera otra opinion .
saludos!!
Gracias Cuervita por tu aporte, la enfermedad fue posterior a la notificacion por preaviso, el tema es que todo lo que habia leido es que se suspende el preaviso por enfermedad, y necesito otras opiniones, igual muy importante tu aporte, gracias nuevamente
 #394459  por cysi
 
aguchi escribió:Es como dice cuervita... de hecho es una de las razones por la cual aconsejo pagar la omisión del preaviso y no otorgarlo.
Saludos!
si tenes razon aguchi, bueno tenerlo en cuenta, mal que nos pese, solamente se exige la buena fe del empleador (hay excepciones).
mi duda sigue, disculpen qu elos moleste, pero tengo que contestar esa notificacion cursada por el empleado?, que le contesto, pq se me ocurren muchas cosas, y necesito que sea la adecuada por eso recurro a Uds (los que mas saben *leo* ).
Gracias nuevamente.