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Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
 #394021  por natalia982
 
hola chicos la enfermedad inculpable para reclamar a la empresa por la inconstirucionalidad del art 39 LRT, ya se qu ela tengo que presentar en el fueor laboral, pero como materia pongo enfermedad profesional u otra??? ya que lei un fallo que estaba caratulado accidente accion civil.....y era el mismo caso,....gracias..
 #394050  por chiqui79
 
no entendi, perdon hoy estoy media lela. Si es enfermedad inculpable que le vas a reclamar a la empresa??? la inconstitucionalidad del art. 39 es para enfermedades profesionales, accidentes de trabajo, etc. Pero que tiene que indemnizar por la ley de Riesgos de Trabajo el empleador por una enfermedad inculpable.
 #394548  por chiqui79
 
ah entonces ponelo como enfermedad profesional (aunque todavia no este catalogada). saludos
 #395872  por MORGAN
 
Puede ser enfermedad-accidente. Fijate que debe haber en tu jurisdicción un listada de materias para encuadrarlo.
 #491639  por natalia982
 
Hola chicos...una pregunta
mi clienta fue despuedida durante la enfermead profesiona...estaba transitando la ILT......ahora la empresa le envio teelgrama de licencia legal por el art 208LCT , le comunican reserva de empleo por el art 211 LCT y luego la despiden durante la reserva de puesto de trabajo.....
preguntas:
la reserva de empleo no corre por enfermedades inculpable solamente???? ya que en este caso se trata de enfermeda dprofesional...
si la depiden durante la reserva de empleo , ya que eso es lo que notificaon ellos ..le corresponde indemnizacion por art 245, ya que segun la ley si la despiden durante la reserva de empleo figura un depsido incausado...
es asi???
 #501476  por SOL DE OTOí‘O
 
natalia982, la misma pregunta hago yo????? le acaban de mandar a un cliente una CD invocando el 211LCT y el mismo sufrió un accidente profesional, intervino la ART y estamos esperando le determinen la incapacidad
Le cortaron el sueldo el mes pasado alegando eso y la verdad que me suena que no tienen idea de que no es la misma cosa INCULPABLE que PROFESIONAL.
Espero me contestes para ver si averiguaste algo o pensás lo mismo que yo, que nada tiene que ver una cosa con la otra. ¿vos como lo solucionaste?
 #501965  por natalia982
 
Hola
mira ...si no ven la diferenia entre enfermedad inculpable y profesional....ellos cometen el error...lo que pienso hacer es encarar la demanda por despido durante la reserva de empleo ( ya que eso fue lo que comunicaron ellos) y despido discriminatorio...lo unico malo en mi caso que cuando mande telegrama no hice alusion al despido discriminatorio..pero bue...lo pienso poner igual...