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  • Control policial o de gendarmeria

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 #393577  por pablorix
 
Cuando cursaba en la facultad un profesor nos dijo que ninguna fuerza publica (policía o gendarmería ) tenían facultad de cuando te detienen en la vía publica para control de rutina, obligarte a que les abras y les muestres el baúl. El decía que ellos mencionan la frase: “seria tan amable de mostrarme el baúl” y uno acepta, solo eso. Pero que uno puede negarse a hacerlo. Hoy ya recibido, siempre me quedo la duda si es cierto y si no existe norma que faculte a controlar dentro del vehiculo. Alguien me podrá contestar. Gracias!!!
 #393584  por Pandilla
 
Hola pablorix, en la actualidad, ya no es tan de esa forma. Claro, Usted o cualquier persona podrían negarse (en realidad, todo podríamos aceptarlo o podríamos negarlo). Tiene que buscar en el CPP que corresponda a la Jurisdicción (en el CPPN, creo, corresponde el art¡culo 231 bis).
Ahora, una preguntita: "Si un rocho le pide o le exige que abra la baulera de su auto, ¿Usted la abriría, o se negaría a hacerlo?, piense que, el rocho, lo esta apuntando a Usted con un arma de fuego u otra arma.
Igual, espere otras opiniones.

Saludos.
 #394839  por julioricardo
 
En el orden Nacional el el ariculo 231 bis autoriza a realizar requisas personales o al automovil, si provienen de un control rutinario, donde se procede en forma indiscriminada al control y con orden superior. Ahora , si la requisa la realiza tanto Gendarmeria o Policia, fuera de un control y solo por sospecha, es invalida y se puede impugnar. Debe ante una sospecha fundada, solicitar para realizar una requisa, autorizacion telefonica al juez de turno, la que luego debera constar en el acta de procedimiento.