La sucesión la puede iniciar cualquier heredero.
Al margen, no me queda claro:
* Tu cliente falleció y dejó un testamento a favor de su sobrina por el 100% de sus bienes.
* Antes que nada: No hay herederos forozos? tu cliente no tuvo desciendientes ni cónyuge? no hay ascendientes? Porque excluyen a los colaterales.
* Si hay herederos forzosos la sobrina hereda solo lo que excede la legitima
* Si por alguna razón se anula el testamento, la que hereda es la hermana del causante (que, según entendi esta viva) porque al no haber herederos forzosos se admite que los parientes colaterales sean herederos, siempre que no existan parientes más cercanos que los excluyan. La hermana del causante esta en la 1ra línea de los colaterales (la segunda son los sobrinos y sus descendientes hasta el cuarto grado con derecho de representación, la tercera los tíos y la ultima los primos). En este caso, la sobrina solo podria acceder a la herencia por derecho de representación.
SAludos
yo
c) Sea como sea el testamento, no puede exceder la legitima porque, por lo que vos decís,
No habiendo descendientes ni ascendientes, ni viuda o viudo, heredarán al difunto sus parientes colaterales mas próximos hasta el cuarto grado inclusive, salvo el derecho de representación para concurrir los sobrinos con sus tíos. Los iguales en grado heredarán por partes iguales