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  • Particular damnificado

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 #393189  por chenzof
 
Hola a todos, mi consulta surge por un incendio, en Provincia de Buenos Aires. Se incendió un local, y pasó al contiguo, donde mi cliente tenía mercadería (por contrato de depósito). El apoderado del dueño de ambos locales (que se le incendiaron ambos locales) -con el que tengo buena relación- me pide que me presente en la causa penal como Particular damnificado.

No hago penal, y no pensaba presentarme en aquel expediente, sino pedir mediación para reclamar por daños y perjuicios. Lo traigo por un seguro que tenía el local incendiado. Ahora, ¿me puede perjudicar en algo presentarme en la causa penal en Provincia? Teniendo en cuenta que, de no alcanzar acuerdo, tendré que reclamar en el fuero Comercial de la Capital. Mil gracias, pero no hago penal y no puedo recurrir a nadie por que es solo presentarme en la causa de Provincia.
Saludos cordiales.
 #393587  por Pandilla
 
Hola chenzof, no me queda muy claro su relato; pero, me pregunto ¿dónde está la cuestión Penal...?
Igual, espere otras opiniones.

Saludos.
 #393840  por chenzof
 
Hola, gracias por la respuesta.

La cuestión penal surge porque el propietario de los locales me pide que me presente en la causa penal, donde se investiga el incendio en la Prov. de Bs. As., como particular damnificado.

No conozco sus motivos, pero no quiero que por hacerle un favor me perjudique luego mi reclamo de daños. Y esa es mi duda: que beneficio le brindaría al propietario que me presente (solo quiere que me presente) como damnificado; y si me puede perjudicar en un reclamo posterior de daños en Capital.
Gracias.
 #394306  por Pandilla
 
Entiendo que, primero, tiene que averiguar la historia del hecho y demás informació del caso.
Igual, espere otras opiniones.

Saludos.
 #395133  por julioricardo
 
Primero...debo suponer que si hay una investigacion penal y una causa de IPP abierta, es porque no fue un accidente sino un delito de estrago doloso o algo parecido.... Solo puede ser particular damnificado la victima directa del delito y no el perjudicado indirecto, que a lo sumo sera un tercero. Te recomiendo consultes con la compañia de seguros, que es la que se debe mover en estos casos. Son muy pocos los datos como para opinar en algo tan importante, dentro de una causa.