Hola, la no renovación de un contrato de alquiler donde el empleador tiene su negocio/comercio/etc. es parte del riesgo empresario y por lo tanto el trabajador se encuentra ajeno a ello. Para más,el empleador puede conseguir otro local para alquilar y seguir con su negocio. Si hay despido, resulta claro que es incausado, por lo tanto corresponde art. 245. Si tu cliente es el trabajador y le comunicaron esta situación verbalmente, y en su caso tiene problemas de registración fijate ley 24.013. Espero t sirva. Saludos