Muy bueno su aporte Señor Docthos!.Gracias !
Un sutil pensamiento erróneo puede dar lugar a una indagación fructífera que revela verdades de gran valor.
normaceliz escribió:Y si ese concubinato se certifica ante un juez de paz, ¿Tiene alguna validez? Me refiero,a que si ese concubinato está asentado en un juzgado de paz por necesidad de tramitar la obra social, no tienen hijos, que pasá cuando ese cuncubinato se disuelve, hay que tramitar esa disolución, este es el caso de un cliente que tramito su concubinato de 2 años, ¿ Que opinan? Lo gracioso es que este trámite lo hicieron hace menos de 2 meses y ahora viene las preocupaciones...
DAL escribió:Para mi es un desastre que se equipare patrimonialmente al concubinato con el matrimonio, y no por cuestiones de moral, para nada!!
Sucede que nuestro regimen de matrimonio es indisponible, los conyuges no pueden elegir el regimen de bienes qeu los regirá, y estan obligados al sistema de ganancialidad. Claro, es muy lindo en las primeras nupcias, pero en las segundas, con patrimonios y linajes distintos (los tuyos, los mios y los nuestros) la cosa se complica.
La unica alternativa para sustraerse a los efectos patrimoniales del matrimonio, es NO CONTRAYENDO MATRIMONIO. Parece una pavada, pero es una opcion juridica. Existiendo el divorcio, no podemos asumir qeu la gente que no se casa no se casa poruqe "no puede" sino que no se casa porque no quiere. Por lo demás el tramite para contraer matrimonio es sencillísimo y mucho mas barato que una información sumaria (hablemos de matrimonio legal, civil, no me vengan con vestido y fiesta, estamos razonando juridicamente).
Entonces si mi pareja y yo, nos autoexcluimos de una institucion matrimonial, por que el estado me va a venir a decir que por dormir en la misma cama, yo tengo que tener un matrimonio con sus consecuencias???? quien es el estado para decirme a mi como tengo que vivir??? Reglar el concubinato asimilandolo a un matrimonio, parece muy moderno, pero no es más que una aplicación del más rancio fachismo, donde todo tiene que ser de una forma impuesta por el estado, y la libertad individual, no existe.
De lo contrario permitamos a los conyuges optar por el regimen de bienes! cosa que le permitiria a nuestra querida Su Gimenez contraer nuevas nupcias . . . sin riesgo!