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 #396504  por anai
 
Hola gente me sacan esta duda:
A un jubilado en actividad si lo hechan le corresponde indemnizacion?? :cry: :?
 #396509  por bogatavo
 
Hola, si corresponde indemnización, fijate art. 253 LCT. Y si estas en Capital, la CNAT dicto el plenario Nº 321 (05/06/2009) "Couto de Capa, Irene Marta c/ Areva S.A. s/ ley 14.546" donde se decidio Si resulta aplicable lo dispuesto por el art. 253 último párrafo LCT al caso de un trabajador que sigue`prestando servicios sin interrupción a las órdenes del mismo empleador, luego del goce del beneficio de la jubilación. Espero te sirva, Saludos
 #396541  por ISIS
 
anai escribió:Hola gente me sacan esta duda:
A un jubilado en actividad si lo hechan le corresponde indemnizacion?? :cry: :?
Si le corresponde...te conteste en el mismo post que abriste en previsional...leelo.