Colegas, tengo el siguiente Caso. Una Sra, firma un acuerdo por el cual su ex pareja padre de dos de sus hijos menores, se comprometia a abonar la suma correspondiente al 25% de sus ingresos en concepto de cuota de alimentos, en dicho convenio que ser firmo en forma privada, se establecia que el deudor alimentario comenzaria a pagar luego de pasados 34 meses de la firma del acuerdo. Cuando se presentó para homologarse, se homologó el imoprte y las fechas depago, pero se rechazó obviamente la limitación impuesta, respecto al no pago de los primeros 34 meses.
El acuerdo se firmo en 2006, y se homologó en febrero de 2009. El deudor no pagó nunca nada, ahora para ejecutar, podemos ejecutar desde 2006? o desde la fecha de homolgación unicamente????
Agradezco la orientación que me puedan brindar.
Saludos.
El acuerdo se firmo en 2006, y se homologó en febrero de 2009. El deudor no pagó nunca nada, ahora para ejecutar, podemos ejecutar desde 2006? o desde la fecha de homolgación unicamente????
Agradezco la orientación que me puedan brindar.
Saludos.