Portal de Abogados

Un Sitio de Ley 

  • caso complejo ius variandi-negativa tareas

  • Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
 #396665  por aguchi
 
Hola colegas.
Una trabajadora comienza a desarrollar tareas como encargada, figurando en el recibo de haberes y percibiendo el salario por la menor funcion. Al poco tiempo tiene un accidente de trabajo que determina una licencia de 3 o 4 meses.
Cuando regresa, algunos días trabaja como encargada y otros hace las mismas tareas de antes.
Posteriormente, empieza con problemas gástricos y comienza a faltar algunos dias a la semana. Esos dias no se los pagan porque ella no presenta certificados, solo tiene constancias de atencion por guardia que no le ordenan reposo laboral.
Mientras tanto (los dias que trabaja) definitivamente la vuelven a sus tareas mas bajas.
Ahora me llama porque el viernes se le terminó una licencia de 7 días por la cual si dejó certificado (pero no se quedó con la copia firmada), y hoy al regresar la jefa le dice que no podía volver hasta que no tuviera un certificado del alta médica.
Esta chica quedó con secuelas de su accidente de trabajo, por lo cual no le sería facil conseguir otro trabajo. No se si quiere desatar ya un conflicto que lleve a la extincion del vínculo.
Lo urgente a resolver es el tema de la negativa de tareas de hoy no?
Que opinan?
 #396745  por chiqui79
 
para mi es correcto que exija el alta medica, porque es un requisito de las ART, para ello debe concurrir al medico y pedirle el certificado de alta, con eso va a trabajar y la van a dejar seguir trabajando.
 #396916  por aguchi
 
Gracias por responder.
El tema es que esta licencia fue por una enfermedad inculpable, nada que ver con su accidente de trabajo del año pasado.
Teniendo el empleador un certificado de reposo por 7 días y por una afección tan común e inculpable... puede pedir el alta para reintegrarse?
 #396936  por chiqui79
 
si, porque por mas que la enfermedad sea inculpable (un resfrio) hay casos donde la ART lo pide igual para evitar el contagio de otros si no esta totalmente curada, para evitar que se agrave la enfermedad y resulte una incidencia en el lugar de trabajo, y/o para evitar reclamos posteriores de enfermedad profesional, etc. Es bastante comun, sobre todo si tu clienta ya tuvo un hisoria de accidente laboral. Debe estar dado el alta por el medico que la trato para desvincular a la ART de cualquier reclamo posterior.