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  • enefrmedad laboral art ayuda!!!!!

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Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
 #397195  por anavalen
 
hola a todos! agradeceria si me pueden ayudar con este tema, una clienta que trabaja en un call center para telefonica, hace ya 1 año y medio, comienza a los tres meses a tener problemas en las muñecas ( aclaro que no tenian los elementos de apoyo necesarios para trabajar), bueno el tema es que el empleador recien realiza la denuncia a la art hace 3 meses, y la art contesta que no es una enfermedad profesional, (aclaro que mi clienta fue a tres traumatologos distintos y los tres coincidieron en que es tendinitis y epicondilitis. ) y los del la art le informan que en caso de estar en desacuerdo se dirija a la Comision medica, ahora bien, el tema es debo presentar un reclamo ante la comision , porque llame a la superintendencia de riesgos de trabajo y me dijeron que se tenia que presentar a la comicion con un formulario completado por un doctor, y otros papeles. pero me fije en el decreto reglamentario donde figuran las enfermedades y esta prevista la tendinitis y describe en tareas repetidas puede ocacionarse, ahora por que la art? dice que no es? si incluso esta prevista, bueno si alguien me da una mano, lo agradeceria mucho saludos a todos nuevamente!!!!!!! ana :D
 #397205  por klaudia7
 
Hola Anavalen, tu clienta tiene el alta de la ART? si pasaron 10 días anda vos o ella completa el formulario que figura en la página www.srt.gov.ar, con la documentación pertinente, y tildas "divergencia en el alta", ahí te van a dar una fecha para la junta médica, conseguite un informe de un médico legista que de cuenta de la dolencia, si te puede acompañar mejor.
Por lo gral, no siempre las ART dicen que es enfermedad inculpable.
La comisión médica esta en Moreno 401 C.A.B.A.
 #397427  por vsanchezruiz
 
Hola: Yo creo que si se trata de una enfermedad profesional que no esta dentro del listado de enfermedades en la LRT art 6 directamente podes reclamar por la via civil ante los tribunales laborales ordinarios de tu lugar, el tema es que tenes que plantear la inconstitucionalidad del articulo 39 de la Ley , y el 46 y el 21 y 22. y hacer una demanda de daños y perjuicios en contra de la patronal y la ART, fundando la responsabilidad en el 1109 y 1113 y la de la art en el 1074 es decir el daño que le causa a terceros por su omisio.

igual es un tema para leer importante. pero yo particularmente dejaria de lado todo el procedimiento de las comisiones medicas como el federal planteando las inconsitucionalidad del 46 del 21 y 22 por que las comisiones son organos administrativos que no tienen facultades para resolver este tipo de cuestiones.

fijate lo que dice el caso Aquino sobre la cuestion y los ultimos fallos.
un saludo.