Portal de Abogados

Un Sitio de Ley 

  • traslados!

  • De lectura libre.
    Para publicar un mensaje, regístrese gratuitamente.
De lectura libre.
Para publicar un mensaje, regístrese gratuitamente.
 #397457  por yolola
 
Tengo dos preguntas muy simples las dos pero que necesito de la ayuda de uds porque yo no se si conozco el procedimiento!!!

la primera: tengo que dar traslado de una demanda. hago la cedula y que sigue? la presento en el juzgado con un escrito para que me den las copias para traslado, o simplemente voy con la cedula para que me la sellen y ahi me dan las copias??? o tengo que dejar la cedula a confronte y cuando la retiro ya me dan las copias????

y la segunda es el caso contrario: demandaron a mi cliente y reconvine, ya salio el despacho pero la actora aun no adjunto la cedula de notificacion, yo tengo la obligacion de dar traslado de mi reconvencion???

Creo que tantos dias de asueto y feria me trastornaron porq no estoy segura de nada ahora!
 #397529  por sole10
 
Pregunta 1:Si la cédula se va a diligenciar en un domicilio dentro del Depto.Judicial donde la iniciaste,la dejas (te quedas una copia para vos,si queres)y el juzgado la tramita (es decir,la deriva a la Oficina de Notificaciones departamental.
Si por el contrario,la cédula se tiene que diligenciar en un domicilio de otro Depto.Judicial,la sellas dejando nota en el expte.y retirando las copias para traslado (selladas tambien) y se presenta esta cédula,en la Oficina de Notificaciones del Depto.Judicial donde debe diligenciarse.Despues de un plazo que ahí te dirán,la retirás y la devolves a tu expte.

Pregunta 2:La reconvención es un derecho que tu cliente está reclamando,así que te sugiero que le envies la cédula al domicilio constituido por la actora.