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A pedido de los usuarios, un nuevo Foro dedicado exclusivamente al Derecho de Familia
 #397155  por mariaf28
 
Hola : Les agradecería si me ayudan con esta duda ...
En caso de divorcio de mutuo acuerdo, donde cada cónyuge tuvo su abogado y saliò todo rápido y sin problemas ... es "obligación" del abogado notificar a su cliente cuando está la sentencia de divorcio y proceder a inscribirla en el Registro ???. Recién ahí se considera que su trabajo ( por el cual cobró los honorarios ) estaría terminado ???. Es así ????. Debe él hacer la INSCRIPCION de la sentencia de divorcio ???
Muchas gracias ... a quienes me saquen la duda .
 #397305  por chiqui79
 
se estila hacerla pero depende el acuerdo que se tenga con el abogado, yo la hago pero cobro aparte la inscripcion por los honorarios de la gestora, todo depende de que se haya acordado. Yo se los aclaro de entrada. Lo que suele suceder es que no quieren pagar el adicional por el tramite y eso no es a cargo del abogado y la gente no siempre lo entiende. Para mi con la entrega del testimonio y del oficio el abogado cumple su labor.
 #397556  por diegogvillamayor
 
hola, es obligacion notificar la sentencia, no la inscripcion ya que siempre se cobra aparte eso.
el divocio termina con la sentecia y su notificacion, no todos inscriben.
en mi caso llego a la sentencia, si quieren inscribir y pagar por ello recien ahi hago el oficio y el testimonio.