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  • Sucesion testamentaria. AYUDA PLEASE

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 #397619  por estudiojuridicointegral
 
abogado_1987 escribió:Mariela, de nadaaaaaaaaaaaaaaaaaaaaaaaaaaaaaaaa ( :mrgreen: ) ... suerte

UNAS 3 ULTIMAS PREGUNTA Y ABUSO DE TU AMABILIDAD:

SON 2 BIENES LOS QUE DEJA LA CAUSANTE; TENGO LOS DATOS CATASTRALES DE 1 SOLA PROPIEDAD, DE LA OTRA PROPIEDAD SOLO TENGO LA DIRECCION Y EL FR ¿NO HABRA PROBLEMA EN EL JUZGADO?;
EL CODIGO DE SUCESION TESTAMENTARIA PARA LA PLANILLA DE INICIO LO TENES?
EL PETITORIO DE LA DEMANDA COMO QUEDARIA ARMADO?... SOLICITANDO SE INSCRIBA EL TESTAMENTO ?


GRACIASSSSSSSSSSSSSSSSSSSSS, MARIELA
 #397628  por estudiojuridicointegral
 
abogado_1987 escribió:Mariela, de nadaaaaaaaaaaaaaaaaaaaaaaaaaaaaaaaa ( :mrgreen: ) ... suerte

UNAS 4 ULTIMAS PREGUNTA Y ABUSO DE TU AMABILIDAD:

SON 2 BIENES LOS QUE DEJA LA CAUSANTE; TENGO LOS DATOS CATASTRALES DE 1 SOLA PROPIEDAD, DE LA OTRA PROPIEDAD SOLO TENGO LA DIRECCION Y EL FR ¿NO HABRA PROBLEMA EN EL JUZGADO?;
EL CODIGO DE SUCESION TESTAMENTARIA PARA LA PLANILLA DE INICIO LO TENES?
EL PETITORIO DE LA DEMANDA COMO QUEDARIA ARMADO?... SOLICITANDO SE INSCRIBA EL TESTAMENTO ?

SOLICITO SE LIBRE OFICIO PARA QUE REMITAN COPIA DEL TESTAMENTO:

AL COLEGIO DE ESCRIBANOS? (ASI SOLITO?)
AL REGISTRO DE TESTAMENTOS DEL COLEGIO DE ESCRIBANOS
A ACTOS DE ULTIMA VOLUNTAD DEL COLEGIO DE ESCRIBANO?



A CUAL DE TODOS??????????????


GRACIASSSSSSSSSSSSSSSSSSSSS, MARIELA
 #397648  por abogado1987
 
estudiojuridicointegral escribió:
abogado_1987 escribió:Mariela, de nadaaaaaaaaaaaaaaaaaaaaaaaaaaaaaaaa ( :mrgreen: ) ... suerte

UNAS 3 ULTIMAS PREGUNTA Y ABUSO DE TU AMABILIDAD:

SON 2 BIENES LOS QUE DEJA LA CAUSANTE; TENGO LOS DATOS CATASTRALES DE 1 SOLA PROPIEDAD, DE LA OTRA PROPIEDAD SOLO TENGO LA DIRECCION Y EL FR ¿NO HABRA PROBLEMA EN EL JUZGADO?;
depende del juzgado ... hay juzgados que ordenan
Buenos Aires, Agosto 2 de 200 ……..- Por presentado, parte y constituído el domicilio. Líbrese oficio al Registro de Actos de Ultima Voluntad del Colegio de Escribanos a los fines de que informe si se encuentra registrado en sus archivos un testamento otorgado por el causante de autos Maria ……….. posterior al 1 de octubre de 1999, en el que se harán constar los datos filiatorios y número de documento del mismo, a los fines de su correcta individualización. Cítese a los restantes beneficiarios y al albacea a los fines de que tomen la debida intervención en autos en el términos de treinta días (conf. art. 707 del CPCC). Notifíquese, a cuyo fin deberá el presentante denunciar los domicilios. Previo a todo, cúmplase con lo dispuesto por el decreto ley 3003/56. Hágase saber que al momento de ordenarse la inscripción del testamento respecto de los inmuebles denunciados, deberá obrar en autos título de propiedad original de los mismos.- Téngase presente las autorizaciones conferidas en el punto VI.- Téngase presente para su oportunidad lo solicitado en el punto VII.- Firma: ……………..JUEZ”


EL CODIGO DE SUCESION TESTAMENTARIA PARA LA PLANILLA DE INICIO LO TENES?
135 SUCESION TESTAMENTARIA

EL PETITORIO DE LA DEMANDA COMO QUEDARIA ARMADO?... SOLICITANDO SE INSCRIBA EL TESTAMENTO ?
IX. PETITORIO: por lo expuesto a V.S. solicito:
1. Me tenga por presentado, por parte y por constituido el domicilio, agregándose la partida y testamento acompañados.
2. Se cite a los herederos y albacea todo ello a fin de que tomen la intervención debida.
3. Previa vista fiscal se declare válido el testamento que acompaño, y se proceda a la apertura del juicio testamentario de María ......
4. Se tenga presente las autorizaciones conferidas.
5. Se declare la identidad de personas.
6. Se ordene la certificación por el Actuario de la fotocopias acompañadas en relación a sus originales y se ordene el desglose de estos ultimos.
7. Oportunamente se ordene la inscripción del testamento en relación a los bienes integrantes del acervo sucesorio.


GRACIASSSSSSSSSSSSSSSSSSSSS, MARIELA
 #397652  por abogado1987
 
estudiojuridicointegral escribió:
abogado_1987 escribió:Mariela, de nadaaaaaaaaaaaaaaaaaaaaaaaaaaaaaaaa ( :mrgreen: ) ... suerte

UNAS 4 ULTIMAS PREGUNTA Y ABUSO DE TU AMABILIDAD:

SON 2 BIENES LOS QUE DEJA LA CAUSANTE; TENGO LOS DATOS CATASTRALES DE 1 SOLA PROPIEDAD, DE LA OTRA PROPIEDAD SOLO TENGO LA DIRECCION Y EL FR ¿NO HABRA PROBLEMA EN EL JUZGADO?;
EL CODIGO DE SUCESION TESTAMENTARIA PARA LA PLANILLA DE INICIO LO TENES?
EL PETITORIO DE LA DEMANDA COMO QUEDARIA ARMADO?... SOLICITANDO SE INSCRIBA EL TESTAMENTO ?

SOLICITO SE LIBRE OFICIO PARA QUE REMITAN COPIA DEL TESTAMENTO:

AL COLEGIO DE ESCRIBANOS? (ASI SOLITO?)
AL REGISTRO DE TESTAMENTOS DEL COLEGIO DE ESCRIBANOS
A ACTOS DE ULTIMA VOLUNTAD DEL COLEGIO DE ESCRIBANO?



A CUAL DE TODOS??????????????

interpreto que al Registro de Actos de Ultima Voluntad del Colegio de Escribanos de la Ciudad de Buenos Aires, el juez podría ordenar también " ... Líbrese oficio ley 22172 al Registro de Actos de Ultima Voluntad del Colegio de Escribanos de la ciudad de La Plata, Pcia. de Bs. As .... "

GRACIASSSSSSSSSSSSSSSSSSSSS, MARIELA
Mariela de nadaaaaaaaaaaaa
 #397655  por estudiojuridicointegral
 
abogado1987 escribió:
estudiojuridicointegral escribió:
abogado_1987 escribió:Mariela, de nadaaaaaaaaaaaaaaaaaaaaaaaaaaaaaaaa ( :mrgreen: ) ... suerte

UNAS 4 ULTIMAS PREGUNTA Y ABUSO DE TU AMABILIDAD:

SON 2 BIENES LOS QUE DEJA LA CAUSANTE; TENGO LOS DATOS CATASTRALES DE 1 SOLA PROPIEDAD, DE LA OTRA PROPIEDAD SOLO TENGO LA DIRECCION Y EL FR ¿NO HABRA PROBLEMA EN EL JUZGADO?;
EL CODIGO DE SUCESION TESTAMENTARIA PARA LA PLANILLA DE INICIO LO TENES?
EL PETITORIO DE LA DEMANDA COMO QUEDARIA ARMADO?... SOLICITANDO SE INSCRIBA EL TESTAMENTO ?

SOLICITO SE LIBRE OFICIO PARA QUE REMITAN COPIA DEL TESTAMENTO:

AL COLEGIO DE ESCRIBANOS? (ASI SOLITO?)
AL REGISTRO DE TESTAMENTOS DEL COLEGIO DE ESCRIBANOS
A ACTOS DE ULTIMA VOLUNTAD DEL COLEGIO DE ESCRIBANO?



A CUAL DE TODOS??????????????

interpreto que al Registro de Actos de Ultima Voluntad del Colegio de Escribanos de la Ciudad de Buenos Aires, el juez podría ordenar también " ... Líbrese oficio ley 22172 al Registro de Actos de Ultima Voluntad del Colegio de Escribanos de la ciudad de La Plata, Pcia. de Bs. As .... "

GRACIASSSSSSSSSSSSSSSSSSSSS, MARIELA
Mariela de nadaaaaaaaaaaaa



GRACIASSSSSSSSSSSSSSSSSSSSSSSSSS ABOGADO1987 GRACIASSSSSSSSSSSSSSSSSSSSSSSSS Y GRACIASSSSSSSSSSSSSSSSSSSSSSSSSSSSSSSSSSSSSSSSSSSSSSSSSSSSSSSSSSSSSSSSSSSSSSS


GRACIASSSSSSSSSSSSSSSSSSSSSSSSSSSSSSSSSSSSSSSSSSSSSSSSSSSSSSSS


G
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 #397658  por abogado1987
 
estudiojuridicointegral escribió:
abogado1987 escribió:
estudiojuridicointegral escribió:
UNAS 4 ULTIMAS PREGUNTA Y ABUSO DE TU AMABILIDAD:

SON 2 BIENES LOS QUE DEJA LA CAUSANTE; TENGO LOS DATOS CATASTRALES DE 1 SOLA PROPIEDAD, DE LA OTRA PROPIEDAD SOLO TENGO LA DIRECCION Y EL FR ¿NO HABRA PROBLEMA EN EL JUZGADO?;
EL CODIGO DE SUCESION TESTAMENTARIA PARA LA PLANILLA DE INICIO LO TENES?
EL PETITORIO DE LA DEMANDA COMO QUEDARIA ARMADO?... SOLICITANDO SE INSCRIBA EL TESTAMENTO ?

SOLICITO SE LIBRE OFICIO PARA QUE REMITAN COPIA DEL TESTAMENTO:

AL COLEGIO DE ESCRIBANOS? (ASI SOLITO?)
AL REGISTRO DE TESTAMENTOS DEL COLEGIO DE ESCRIBANOS
A ACTOS DE ULTIMA VOLUNTAD DEL COLEGIO DE ESCRIBANO?



A CUAL DE TODOS??????????????

interpreto que al Registro de Actos de Ultima Voluntad del Colegio de Escribanos de la Ciudad de Buenos Aires, el juez podría ordenar también " ... Líbrese oficio ley 22172 al Registro de Actos de Ultima Voluntad del Colegio de Escribanos de la ciudad de La Plata, Pcia. de Bs. As .... "

GRACIASSSSSSSSSSSSSSSSSSSSS, MARIELA
Mariela de nadaaaaaaaaaaaa



GRACIASSSSSSSSSSSSSSSSSSSSSSSSSS ABOGADO1987 GRACIASSSSSSSSSSSSSSSSSSSSSSSSS Y GRACIASSSSSSSSSSSSSSSSSSSSSSSSSSSSSSSSSSSSSSSSSSSSSSSSSSSSSSSSSSSSSSSSSSSSSSS


GRACIASSSSSSSSSSSSSSSSSSSSSSSSSSSSSSSSSSSSSSSSSSSSSSSSSSSSSSSS


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Romina

d
e

n
a
d
a
a
a


:lol:

suerte con la tramitación de la sucesión
 #397691  por estudiojuridicointegral
 
me llamo MARIELA no Romina

y de paso nuevamente:



GRACIASSSSSSSSSSSSSSSSSSSSSSSSSSSSSS


ultima pregunta te lo prometo:

el testamento que otorgó decia: que instituye como herederos a xxxxx y xxxxx para que despues de su muerte disfruten de sus bienes (no individualizó los bienes)

una vez que remita el colegio de escribanos copia del testamento... yo solicito se lo declare valido y posteriormente como sigue?

el juez dicta sentencia y por testimonio inscribo en el reg de la propiedad inmueble?

la ultima manito daleeeeeeee, no te molesto mas. GRACIASSSSSSSSSS
 #397830  por abogado1987
 
estudiojuridicointegral escribió:me llamo MARIELA no Romina

y de paso nuevamente:



GRACIASSSSSSSSSSSSSSSSSSSSSSSSSSSSSS


ultima pregunta te lo prometo:

el testamento que otorgó decia: que instituye como herederos a xxxxx y xxxxx para que despues de su muerte disfruten de sus bienes (no individualizó los bienes)

una vez que remita el colegio de escribanos copia del testamento... yo solicito se lo declare valido y posteriormente como sigue?

el juez dicta sentencia y por testimonio inscribo en el reg de la propiedad inmueble?

la ultima manito daleeeeeeee, no te molesto mas. GRACIASSSSSSSSSS
mis disculpas por la confusión de tu nombre
auto Imagen para mi ...

auto que declara válido el testamento
“Buenos Aires, Marzo ........... de 2006.-AB AUTOS Y VISTOS: En atención a lo solicitado y lo dictaminado precedentemente por el Ministerio Fiscal declárase extrínsecamente válido el testamento por acto público otorgado por María ............ y abierto su juicio sucesorio testamentario.- Firma: ..................... JUEZ”

requisitos para que se ordene la inscripción del testamento
Buenos Aires, Junio ........ de 2006.-AB Hágase saber que previo a proveer la inscripción solicitada, deberá dar cumplimiento con lo dispuesto por el art. 730 del CPCC, acompañando certificados de dominio e inhibiciones, abonar la correspondiente tasa de justicia, asumir las deudas en los términos del art. 5 de la ley 22.427, dar cumplimiento con lo dispuesto por el art 4 de la ley 25.345, modificatoria del art 3 bis de la ley 17.801, denunciando en autos las claves tributarias de los herederos y los eventuales cesionarios y, atento lo dispuesto por la ley 1010 del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, deberá acompañar certificado de inexistencia de deuda tributaria expedida por la Dirección General de Rentas respecto del inmueble cuya inscripción solicita. Firma: ............. SECRETARIO

auto que ordena la inscripción
Buenos Aires, Noviembre ……… de 2006.-AB Agreguense los certificados de dominio e inhibiciones, la valuación fiscal y la constancia de libre deuda expedida por la dirección General de Rentas acompañados. Con el timbrado que se adjunta, tiénese por satisfecho el pago de la tasa de justicia.- ..........- Tiénese presente la asunción de deudas efectuada a fs. 77 y a fs. 81 en los términos del art. 5to de la ley 22.427.- Atento a lo solicitado, constancias de autos, inscríbase el testamento declarado válido a fs. 239, conjuntamente con la providencia de fs. 63, respecto del inmueble sito en la calle ………….. de esta ciudad (Matríc. 1-0000000), a cuyo fin expídase testimonio, haciéndose constar en el mismo las personas autorizadas para su diligenciamiento y firmar las respectivas minutas.- Facilítense en prestamo las actuaciones por el término de 3 días, bajo recibo.- Téngase presente la clave tributaria denunciada.- Firma: ……………. JUEZ
 #398167  por abogado1987
 
estudiojuridicointegral escribió:Tan tan tan GRACIAS, GRACIAS abogado 1987..... te digo GRACIASSSSSSSSSSSSS



Decime que sos hincha de RACING y listo.... SOS PERFECTO


G
R
A
C
I
A
S



Y como decia un famoso filosofo:

GRACIAS TOTALES
Mariela , de nadaaaaaaaaaaaaaaaaaaaaaaaaa ( :mrgreen: )

en relación al futbol

Imagen

Imagen
 #398170  por abogado1987
 
abogado_1987 escribió:
estudiojuridicointegral escribió:
abogado1987 escribió:Mariela, en ciudad de Buenos Aires te van a ordenar de oficio en el 1er auto >

“Buenos Aires, Agosto 2 de 200 …. .- Por presentado, parte y constituído el domicilio. Líbrese oficio al Registro de Actos de Ultima Voluntad del Colegio de Escribanos a los fines de que informe si se encuentra registrado en sus archivos un testamento otorgado por el causante de autos M...... posterior al 21 de octubre de 1900 , en el que se harán constar los datos filiatorios y número de documento del mismo, a los fines de su correcta individualización. Cítese a los restantes beneficiarios y al albacea a los fines de que tomen la debida intervención en autos en el términos de treinta días (conf. art. 707 del CPCC). Notifíquese, a cuyo fin deberá el presentante denunciar los domicilios. Previo a todo, cúmplase con lo dispuesto por el decreto ley 3003/56. Hágase saber que al momento de ordenarse la inscripción del testamento respecto de los inmuebles denunciados, deberá obrar en autos título de propiedad original de los mismos.- Téngase presente las autorizaciones conferidas en el punto VI.- Téngase presente para su oportunidad lo solicitado en el punto VII.- Firma: ……. JUEZ”

es un oficio de acuerdo al art 400 CPCCN


SE TIENEN QUE PUBLICAR EDICTOS EN UNA SUCESION TESTAMENTARIA (TESTAMENTO OTORGADO POR ESCRITURA PUBLICA?????????????????

Mariela ... en las sucesiones testamentarias que tramité nunca me ordenaron la publicación de edictos (ciudad de Buenos Aires y Prov. de Buenos Aires) ...

graciassssssss MARIELA
aclaración en relación prov. de Buenos Aires luego de la reforma >

ARTICULO 742°: (Texto Ley 11.511) CITACION. Presentado el testamento, ó protocolizado en su caso, el Juez dispondrá la notificación personal de los herederos instituidos, de los demás beneficiarios y del Albacea, para que se presenten dentro de treinta (30) días. En el mismo acto ordenará la publicación de edictos en la forma y por el plazo determinados en el artículo 734° inciso 2).

ARTICULO 734°: (Texto Ley 8.689/77) Providencia de apertura y citación a los interesados. Cuando el causante no hubiere testado o el testamento no contuviese institución de heredero, en la providencia de apertura del proceso sucesorio, el juez dispondrá la citación de todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante, para que dentro del plazo de treinta (30) días lo acrediten.

A tal efecto ordenará:
...

2°) (Texto Ley 11.593) La publicación de edictos por tres (3) días en el Boletín Judicial y en otro diario del último domicilio del causante o, no habiéndolo en ese lugar, en uno de la ciudad donde tramita el juicio, salvo que el monto del haber hereditario no excediere, “prima facie”, de treinta mil pesos ($30.000), en cuyo caso sólo se publicarán en el Boletín Judicial. Si el haber sobrepasare, en definitiva, la suma precedentemente indicado, se ordenarán las publicaciones que correspondan.
 #400431  por estudiojuridicointegral
 
ABOGADO1987 sos un idolo. *flor*


Salió el proveido diciendo: ...librese el oficio solicitado...

Lo que solicité fué que el Registro de Actos de Ultima Voluntad del Colegio de Escribanos informe si existe en sus registros un testamento a nombre de la causante (agregué todos los datos filiatorios) y remita copia del mismo al juzgado.


Tendrias un modelo de oficio?
Es un oficio del 400?
Cuantos $$$ sale dejar el oficio en el colegio de escribanos? ¿El colegio de Escribanos lo remite o lo tengo que ir a buscar y acompañar yo misma al expediente?



GRACIAS NUEVAMENTE. MARIELA
 #400456  por abogado1987
 
estudiojuridicointegral escribió:ABOGADO1987 sos un idolo. *flor*


Salió el proveido diciendo: ...librese el oficio solicitado...

Lo que solicité fué que el Registro de Actos de Ultima Voluntad del Colegio de Escribanos informe si existe en sus registros un testamento a nombre de la causante (agregué todos los datos filiatorios) y remita copia del mismo al juzgado.


Tendrias un modelo de oficio?
Es un oficio del 400?
Cuantos $$$ sale dejar el oficio en el colegio de escribanos? ¿El colegio de Escribanos lo remite o lo tengo que ir a buscar y acompañar yo misma al expediente?



GRACIAS NUEVAMENTE. MARIELA
Mariela, de nada ...

el costo > Registro de actos de última volunta
Informe $50.-
https://www.colegio-escribanos.org.ar/esc_tra_4.php

acreditás la tramitación del oficio con una copia sellada por el colegio de escribanos
interpreto que el colegio de escribanos remite la contestación directamente al juzgado
pues " ... debe remitirse la contestación directamente a la secretaría con transcripción o copia del oficio ... "
(pero igual preguntá en el colegio)

modelo de oficio >

OFICIO
Art. 400 C.P.C.C.N.
Buenos Aires, …. de ………….. de 200….
AL SEÑOR PRESIDENTE DEL COLEGIO DE ESCRIBANOS.
S / D
Tengo el agrado de dirigirme a usted en mi carácter de letrado y de acuerdo lo prescripto en los arts. 400 y cctes del C.P.C.C.N. en los autos caratulados: " ………………………………" Exp. N° ………………………., en trámite ante el Juzgado Nacional de Primera Instancia Civil N° ………, a cargo de …………………….. Secretaria única a cargo del Secretario ……………………… , sito en Talcahuano 550, piso 6, Ciudad de Buenos Aires. a efectos de solicitarle informe si en el Registro de Actos de Ultima Voluntad del Colegio de Escribanos informe se encuentra registrado en sus archivos un testamento otorgado por el causante de autos ………………………………..posterior al 21 de octubre de 1981, se deja constancia que es hijo de …………………………….y ……………………… , con número de documento D.N.I. N° ………………….y Cédula de identidad expedida por la Policía Federal N°………………………, español, soltero, nacido en Barcelona, España, el 25 de noviembre de 19………………, debe remitirse la contestación directamente a la secretaría con transcripción o copia del oficio. Como recaudo se transcribe el auto que ordena la medida: "Buenos Aires, ………………de 200 ... Líbrese oficio al Registro de Actos de Ultima Voluntad del Colegio de Escribanos a los fines de que informe si se encuentra registrado en sus archivos un testamento otorgado por el causante de autos …………..Fdo. ………………………JUEZ".
Se transcriben los arts. 398 y 400 del CPCCN a sus efectos: Art. 398. - Las oficinas públicas y las entidades privadas deberán contestar el pedido de informes o remitir el expediente dentro de los diez días hábiles, salvo que la providencia que lo haya ordenado hubiere fijado otro plazo en razón de la naturaleza del juicio o de circunstancias especiales. No podrán establecer recaudos que no estuvieran autorizados por ley. Los oficios librados deberán ser recibidos obligatoriamente a su presentación. El juez deberá aplicar sanciones conminatorias progresivas en el supuesto de atraso injustificado en las contestaciones de informes. La apelación que se dedujera contra la resolución que impone sanciones conminatorias tramita en expediente separado. Cuando se tratare de la inscripción de la transferencia de dominio en el Registro de la Propiedad, los oficios que se libren a Obras Sanitarias de la Nación (e.l.) al ente prestador de ese servicio y al Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires o Municipio de que se trate, contendrán el apercibimiento de que, si no fueran contestados dentro del plazo de diez días, el bien se inscribirá como si estuviese libre de deudas. (Artículo sustituido por art. 2° de la Ley N° 25.488 B.O. 22/11/2001) ATRIBUCIONES DE LOS LETRADOS PATROCINANTES Art. 400. - Los pedidos de informes, testimonios y certificados, así como los de remisión de expedientes ordenados en el juicio, serán requeridos por medio de oficios firmados, sellados y diligenciados por el letrado patrocinante con transcripción de la resolución que los ordena y que fija el plazo en que deberán remitirse. Deberá, asimismo, consignarse la prevención que corresponda según el artículo anterior. Los oficios dirigidos a bancos, oficinas públicas, o entidades privadas que tuvieren por único objeto acreditar el haber del juicio sucesorio, serán presentados directamente por el abogado patrocinante, sin necesidad de previa petición judicial. Deberá otorgarse recibo del pedido de informes y remitirse las contestaciones directamente a la secretaría con transcripción o copia del oficio. Cuando en la redacción de los oficios los profesionales se apartaren de lo establecido en la providencia que los ordena, o de las formas legales, su responsabilidad disciplinaria se hará efectiva de oficio o a petición de parte. Se hallan autorizados a diligenciar el presente oficio indistintamente los Dres. …………………………... Sin otro particular, saludo a Ud muy atte.
 #401000  por abogado1987
 
estudiojuridicointegral escribió:Abogado1987 que te puedo decir? Gracias es poco.


Sos muy buena persona, gracias por la mano que me diste y que le das diariamente al foro.
Mariela, de nada ... mucha suerte