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  • RECLAMO DE INDEMNIZ POR FALLECIM

  • Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
 #397223  por alejandra01
 
mi caso: un señor fallece. Tuvo 6 hijos que son mayores, y estaba en concubinato con su pareja (madre de sus hijos).
Ve un abogado de una obra ocial que le redacta un telegrama reclamando pago de salarios e indemnizaciones y denuncie un seguro que deben tener los camioneros ...y lo hace enviar a la concubina...
1) Ahí mi duda...no era mejor que lo envíe la hija???. como acredita la concubina que tiene derecho a cobrar esa indemnización y seguro de vida'??.
Bueno, en el seguro si está como beneficiaria safaría...pero la indemnización por fallecimiento???.
2) Además...como averiguo que seguro o con que compañía tenía el seguro de vida este fallecido???...el abogado de la obra social lo averiguó, pero no le dió nada a mi cliente..solo le dijo que existía...
gracias por las respuestas desde ya...
 #397723  por DAL
 
Conforme al 248, la concubina tiene derecho. Concurre con los hijos. Hay quienes plantean que los hijos mayores no les corresponde, solo a los menores, pero de la concubina nadie duda!
El seguro de vida obligatorio vos lo intimás al empleador y el empleador te informa o lo gestiona el. Si no lo contrató, responde el por su importe.
 #397725  por DAL
 
Ahhhhhhhhh y el del sindicato no se, tienen un fondo de sepelio pero bien un seguro no tengo idea. Consultalo en el sindicato.
 #398502  por alejandra01
 
cuando tenés razón, tenés razón... :mrgreen:
algo se aprende todos los días...yo me quedé con lo de herederos (del código civil)
Pero: como debe la concubina acreditar el vínculo o con qué para cobrar la indemnización???.
Ej. en previsional es todo una cuestión de probar mismo domicilio con cuanta prueba tengas...declaración ante un juzgado de paz de ser convivientes, etc.
En laboral, que le pedirían en una mediación o en el juzgado???
DAL escribió:Conforme al 248, la concubina tiene derecho. Concurre con los hijos. Hay quienes plantean que los hijos mayores no les corresponde, solo a los menores, pero de la concubina nadie duda!
El seguro de vida obligatorio vos lo intimás al empleador y el empleador te informa o lo gestiona el. Si no lo contrató, responde el por su importe.
 #398510  por DAL
 
Ahhhhhhhhh depende de la empresa.
Yo pido información sumaria que acredite el concubinato.
 #398863  por alejandra01
 
viste???. seguro el empleador me lo va a querer complicar...
Igual la señora iba este miércoles con 2 testigos a hacerla al Juzgado de Paz, pero si el empleador quiere me la puede pedir via juicio, y ahí se me embarra la cancha. Por eso pensaba hacer lo que me dijo un compañero: el fue al Ministerio de Trabajo (seclo) y le pidieron que publicara edictos para que se presentaran los herederos que tuvieran derecho. Como no se presentó ninguno, le pagaron la indemnización al hijo...
O sea, yo, prefiero en mi caso, que reclame la hija, porque encima la señora es inválida y es muy trastornante mandarla al correo, audiencias, etc...
Gracias Dal.
Si tenés otra opinión...venga. :lol: :lol:
 #399972  por alejandra01
 
mirá. el abogado de la obra social le dijo que sí lo tenía, que es un seguro de 9000 pesos, y no tengo idea en que compañía...
Voy a pedir un seclo el lunes y que lo digan allá.
Igual voy a ver si llamo al sindicato a chusmear como es el tema...
un beso.
Dr Rop escribió:preguntonta de cuanto es el seguro de vida?