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  • LIQUIDACION LEY 25323

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Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
 #399413  por jorgelinabm
 
HOLA FORISTAS, MI CONSULTA ES LA SIGUIENTE ... ESTOY HACIENDO UNA LIQUIDACION DE UN TRABAJADOR QUE YA LO DESPIDIERON, ESTUVO 3 AÑOS EN NEGRO Y 3 EN BLANCO. LA MULTA DEL ART. 1 LEY 25353...MULTIPLICA LA INDEMNIZACIÓN POR ANTIGUEDAD.. PERO SOLO DE LOS 3 AÑOS EN NEGRO NO?... OTRA CONSULTA EL ART. 2 DE ESTA LEY SE APLICA SOBRE EL TOTAL DE LA INDEMNIZACIÓN POR DESPIDO ES DECIR, LOS AÑOS EN NEGRO Y BLANCO?? ESTOY EN LO CORRECTO?? GRACIAS.
 #399446  por aguchi
 
Hola Jorgelina!
Tanto el art. 1 como el 2 de la ley 25323, incrementan en los porcentajes que cada uno estipula el total del 245 (art 1 ) y del 245, 232 y 233 (art 2).-
Se toma solo la parte en negro cuando la indemnizacion a calcular es por la ley 24013.
Saludos!
 #399468  por pablo28
 
holaa, bueno planteo disidencia con el colega preopinante, el art 1 ley 25323 duplica el total de la indemnizacin por antiguedad = tiempo en blanco + tiempo en negro.
saludos
 #399506  por jorgelinabm
 
Gracias Aguchi y Pablo...
Aclaración para pablo.. entendi que aguchi está opinando lo mismo, que es por el total.. o entendi mal????
gracias a los 2 por aclararme el panorama!!!!
Igual no saben lo que me paso......estaba terminando la liquidación para negociar con la empleadora (ya hice intercambio, hable con la empleadora para pasarle la liq. etc) y vino el cliente diciendome que iba a aceptar lo que le habían ofrecido en un primer momento... antes de venir al estudio ($ 8000 en 3 veces) y firmar el convenio ante el ministerio!!!!!! .... la liquidación final que me dá $ 35.000!!!!!!!!!! .......Me quiero matar!!!!!!!!! ...... debo asumir que me puentearon???? ....encima me pregunta si me debe algo!!!!!!! debería cobrarle algo por el trabajo hecho hasta aca???? :shock:
Por qué siempre me pasan estas cosas???? :x INDIGNADISIMA!!!
 #399560  por aguchi
 
Hola Pablo! Nuestros votos no están en disidencia!!
Fijate que puse que se incrementa el TOTAL del 245 (o 245 232 233). Si fueramos miembros de una cámara hubieramos trabajado los 2 al vicio jjejej.
Jorgelina... ufffffffff si, te puentearon, que bronca!! Y decile a tu cliente que si te debe algo (además de tu tiempo, tu estudio, etc). Bueno, ya tendrás otro caso igual y agradecerás tenerlo estudiado. Es lo único que me consuela cuando me pasa algo así...
Saludos!
 #399595  por cuervita
 
pero participaste en el acuerdo?? o en el intercambio telegrafico?? si hubo cobrale por los TCL que mandaste y si participaste en el acuerdo cobra un porcentaje de el, obviante a la otra parte.( empleador).
 #399596  por cuervita
 
perdon por los TCL, no le cobres nada !!!! jajajaj estaba pensando cualquier cosa!!
 #399886  por aguchi
 
No se, yo creo que cuando uno hace el intercambio postal, el cliente arregla por su lado... pasando por encima tuyo pero usando tu trabajo... uno tiene derecho a cobrar algo!!
Gratuidad si... abuso no.
 #400053  por jorgelinabm
 
Aguchi, yo pienso lo mismo........el tema es cobrarles!!!!! en la mayoria de los casos es medio imposible... por lo menos desde mi humilde experiencia.