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  • NEGACION DEL APELLIDO

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A pedido de los usuarios, un nuevo Foro dedicado exclusivamente al Derecho de Familia
 #400189  por silvandin
 
QUERÍA SABER QUE CONSECUENCIAS PODRÍA TENER NO PONERLE EL APELLIDO DEL PADRE. LA HISTORIA RESUMIDA ES ESTA, QUEDE EMBARAZADA Y NUNCA SE HIZO CARGO, SOLO DE PALABRA, AL TIEMPO DESCUBRÍ QUE ERA ADICTO A LA COCAÍNA. NACIÓ Y LE PUSE SOLO MI APELLIDO Y AUNQUE EL DESPUÉS FUE A RECONOCERLA, NUNCA SE HIZO CARGO Y YO TENGO EL DOCUMENTO QUE TIENE MI APELLIDO NUNCA RETIRE EL OTRO DOCUMENTO. MI HIJA TIENE SIETE AÑOS Y EL NUNCA APARECIÓ HASTA QUE MI NENA QUISO CONOCERLO Y LO BUSCAMOS, PERO TAMPOCO SE HACE CARGO AHORA, SOLO RECLAMA SUS " DERECHOS " Y NI ASOMA LAS OBLIGACIONES. Y QUIERE HACERME JUICIO POR NO PONERLE SU APELLIDO, QUIERO SABER QUE CONSECUENCIAS PUEDE LLEGAR A TENER ESTO. AGREGO QUE CUANDO MI HIJA TUVO 1 AÑO LLEGAMOS A JUICIO POR ALIMENTOS Y RÉGIMEN DE VISITAS Y EL FIRMO UN PAPEL QUE ME IBA A PASAR $250 POR MES, QUE NUNCA PASO Y ESTA SIN TRABAJO. EL AHORA ESTA JUNTADO Y CON OTRA HIJA. SE QUE POR LEY ME TIENE QUE PASAR DE ACA A 5 AÑOS, PERO QUIERO SABER QUE ME PUEDE HACER PORQUE NO LLEVA SU APELLIDO.MUCHAS GRACIAS
 #400210  por chiqui79
 
tenes que concurrir a un abogado, no podemos asesorar por este medio.
 #400230  por ULPIANO7
 
Coincido con la colega ,solo agrgo algunas consideraciones: el apellido y el nombre de las personas no podrán ser cambiados, ni modificados, sino por resolución judicial, cuando mediaren "justos motivos".

Tiene que haber "resolución judicial" y justos motivos.

el nombre es un instituto que interesa al orden público, no solamente por las relaciones del sujeto con el Estado, sino como medio de seguridad y garantía de las relaciones intersubjetivas en el complejo medio social en que vivimos; la fijeza, la estabilidad que se predica con la palabra `inmutabilidad', hace que el nombre cumpla de manera correcta con sus fines de individualización e identificación de las personas, a través del tiempo y del espacio.
Son contados los casos en que se permitió de manera excepcional la alteración de este principio.


sentencia dictada por el Tribunal de Familia N° 23 del Departamento Judicial de Lomas de Zamora con fecha 26 de diciembre de 2.006, en autos caratulados: “P., A.R.L. s/ Cambio de Nombre” Expte Nº 24.339, sobre supresión del apellido paterno por afectación de la honra de su hija, destacando las particularísimas cirsuntancias que llevan a la juzgadora a la convicción de que se verificaban los “justos motivos” para el cambio, conforme lo exige la ley de nombre.

En otro fallo judicial dictado en Neuquén sin precedentes en su tipo en el país un hombre pidió que lo dejen usar sólo el apellido de su madre y le supriman el del padre, con quien tiene diferencias hasta ideológicas. En general, el cambio se autoriza cuando el nombre representa una palabra insultante. "Lo afectaba emocionalmente". La acción judicial fue iniciada por Pablo (40 años), quien pidió que le supriman el apellido paterno y le dejen sólo el materno.El padre de Pablo se separó de su familia cuando él tenía 8 años, y desde entonces apenas tuvieron contacto. A los 16 años, cuando actualizó su documento, Pablo se agregó el apellido de su madre.

Todos los que me conocen me identifican por Pablo O'Dwyer, casi nadie sabe mi apellido paterno, que sólo figura en el documento, en mi lugar de trabajo" y en otras cuestiones legales. Que lo llamen por el apellido de su padre le molesta. Cuando quiso anotar a sus hijos, "les tenía que poner el apellido de él, aunque ni siquiera los conoce".

Esta suma de circunstancias lo decidieron a iniciar la acción judicial. Consultó a algunos abogados y se encontró con respuestas desalentadoras.

"Me decían que no valía la pena intentarlo, que no me iban a hacer lugar, y hasta me decían que mi apellido paterno es muy común, así que nadie tenía por qué saber que soy hijo justo de esa persona. Pero yo sí lo sé, y eso es lo importante".

Manifestó que con su padre tiene diferencias de todo tipo, hasta ideológicas, y las invocó en su demanda. Señaló en el escrito: "La intención de suprimir el apellido paterno tiene que ver con el derecho que las personas tienen a suprimir todo aquello que afecte su desarrollo como tales. En el caso en particular mi apellido paterno representa una negación, en términos de la personalidad, por la connotación que para mí representa".

También indicó que "al tratarse mi apellido materno de uno de origen irlandés, la formación tuvo que ver con la cultura irlandesa y en especial con la organización de clanes, perteneciendo en este caso al clan de los O'Dwyer, por lo que en la especie, el apellido no sólo identifica a una persona, sino por el contrario posee una carga cultural e histórica sustancial. Ya no se trata de la historia familiar, sino que los apellidos dentro de una sociedad de clanes representan porciones de la historia de un pueblo, en este caso el irlandés y su diáspora".

"¿Por qué debo llevar en mi título universitario el apellido paterno cuando nunca tuve apoyo de mi padre para estudiar, o bien por qué mis hijos deben llevar el apellido de mi padre cuando ni siquiera él conoce a sus nietos?. En definitiva, ¿por qué mantener y trasmitir un atributo que lejos de honrarme me perjudica en mi fuero íntimo y social?", planteó Pablo.

A pesar de que la llamada "ley del nombre" es muy rígida y los jueces no suelen hacer lugar a las demandas de cambio, salvo que estén muy bien fundamentadas, en este caso la jueza Giménez consideró que había motivos suficientes para proceder a la supresión del apellido paterno.

Antes de resolver la cuestión, la jueza hizo las consultas habituales. Cambiar el nombre de una persona no es un trámite liviano, hay que tomar recaudos para evitar que sea una maniobra destinada a consumar un engaño o fraude.

Pero al no existir oposición de nadie, autorizó la supresión del apellido paterno de Pablo. "A mi padre le avisé que estaba haciendo esto. No sabía si él iba a poner el grito en el cielo o si no le iba a dar importancia. Cualquiera de las dos cosas me iba a doler. Bueno, fue la segunda, no le dio importancia, me dijo que hiciera lo que quisiera", relató Pablo.
 #400318  por viko
 
silvandin: veo que ya estas tomando medidas de hecho, desde antes de consultar con un abogado, como ser no usar el DNI actualizado, y manejarte por la vida con el apellido desactualizado de una menor ya reconocida. Eso es como automedicarse, peligroso. Consulta con tu abogado de confianza, pues bien te han dicho, el nombre es un atributo de la persona, de su estado, y no es libremente disponible por los particulares. saludos